España es un país en el que muchos emprendedores se han quejado de la lentitud y las trabas burocráticas para abrir una empresa. Además de eso, hay que tener en cuenta el coste de abrir una empresa, que puede llegar a alcanzar los 4.000 euros, aunque el desembolso inicial dependerá de muchos factores: capital, empleados, recursos... Te contamos los primeros pasos que deben recorrer los emprendedores para crear una empresa y que cantidades se necesitan:

-Autonómo o sociedad limitada

Lo primero que hay que tener en cuenta es si la fórmula -razón social- para crear la empresa de los emprendedores será a través de la figura del autónomo o mediante una sociedad limitada. En ambos casos el desembolso inicial será de unos 3.000 euros, aunque en el caso de constituir la empresa un autónomo, éste se podrá acoger después a deducciones y desgravaciones.

Por supuesto, en el caso de los emprendedores que sean trabajadores autónomos, hay que unir la cuota de cotización al régimen correspondiente de la Seguridad Social y que no será inferior a unos 300 euros mensuales.

En el caso de los emprendedores dedican crear la empresa mediante una sociedad limitada, al desembolso inicial hay que sumar los costes notariales y las escrituras ante el Registro Mercantil, conceptos ambos que suponen alrededor de otros 300 euros.

En el caso de los los emprendedores que decidan crear la empresas por la vía de ser autónomos, es necesario inscribirse también en Registro Especial de Trabajadores Autónomos.

-Certificados y asesoría

La documentación requerida a los emprendedores para abrir una empresa incluye también certificados como el bancario, que acredita el capital social necesario para fundar la compañía. También hay que tener en cuenta el coste del registro de la propiedad intelectual de la empresa, que puede alcanzar los 150 euros a nivel nacional. Por otra parte, si se apuesta por recurrir a una asesoría para llevar los asuntos de gestión financiera y representación, el coste puede ser de cerca de 1.000 euros en caso de ser autónomo y del doble si se opta por la fórmula de la sociedad limitada.

-Hacienda

El apartado fiscal es otro aspecto que los emprendedores necesitarán cumplimentar antes de iniciar la actividad empresarial de los emprendedores. Es obligatorio rellenar los impresos relativos a la apertura de tasas por licencia de actividad en la oficina (si se cuenta con uno), el Impuesto de Bienes e Inmuebles del local, el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), el Impuesto de Sociedades y otros tributos.

El alta en el IAE es obligatoria para los emprendedores, pero lo normal es estar exento de este impuesto al inicio de tu actividad porque solo deben abonarlo aquellos negocios que facturen más de un millón de euros al año. La cantidad a pagar dependerá de distintas circunstancias, como la actividad económica que se realice. Posteriormente, ya en posesión del CIF provisional, los emprendedores pueden comenzar a realizar la actividad económica.