El precio de la vivienda registró en el último trimestre del 2015 un incremento interanual del 4,5%, el mayor desde el inicio de la crisis económica, según los datos hechos públicos por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Estos resultados, calificados como “positivos” por expertos de portales inmobiliarios como tucasa.com, confirman en cierto modo una recuperación no homogénea del sector y avanzan posibles subidas de precio en todas o la mayoría de regiones del país.

Este más que previsible incremento hace que muchos españoles se replanteen la opción de comprar vivienda y que vuelvan a apostar por el alquiler, una tendencia que ha ido en aumento desde que estalló la burbuja inmobiliaria en 2008.

Cuestión de precios

Una de las mayores ventajas del alquiler es que no es necesario disponer de una gran cantidad de dinero ahorrado. De hecho, para alquilar una casa necesitamos menos efectivo que para comprarla. Eso sí, tal y como indica tucasa.com, el precio de renta dependerá de si alquilamos directamente a un particular o a una inmobiliaria.

Si lo hacemos a través de una inmobiliaria, además del pago de la mensualidad correspondiente, se nos exigirá otra mensualidad para la inmobiliaria, dos meses de fianza y los gastos de formalización del contrato. Si por el contrario es un alquiler entre particulares, los gastos se reducirán al pago del mes correspondiente y uno o dos meses de fianza.

En el caso de las hipotecas, los importes suben. Por norma general, para poder solicitar un crédito hipotecario es necesario disponer aproximadamente del 35% del valor total de la vivienda.

Libertad de movimientos o estabilidad

La compra de vivienda ofrece una mayor estabilidad, aunque siempre hay quien valora más la libertad de movimientos que permite el alquiler, puesto que las posibilidades de cambiar de lugar de residencia por motivos laborales o personales son mayores.

Eso sí, el contrato de alquiler se puede romper antes del plazo que establece la ley si se dan condiciones como que haya transcurrido al menos un año desde la firma del contrato o que se le comunique al inquilino con al menos dos meses de antelación, lo que hace que, por ejemplo, familias con niños sientan cierta inestabilidad viviendo de alquiler. Además, tal y como indica tucasa.com, el arrendatario podrá romper el contrato sin penalización a partir de los seis meses, con la única obligación de avisar un mes antes de su marcha.