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La juez obliga a Rocafort a pagarle el abogado a la exconcejal Carlota Navarro

La alcaldesa Sampedro critica que la magistrada basa su decisión en un pleno que nunca se celebró

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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valencia ha estimado el recurso presentado por la exconcejala Carlota Navarro, contra la exigencia del Ayuntamiento de Rocafort de que reintegre los gastos por su defensa en el caso del doble sueldo público por el que fue condenada en 2012. Por ello, el consistorio que preside la socialista Amparo Sampedro tendrá que reintegrarle a Navarro los 3.810 euros que la edil entregó a la administración local por usar el gabinete de abogados que tenía contratado el ayuntamiento.

Esos 3.810 euros son el dinero que gastó el consistorio —entonces gobernado por el popular Sebastián Bosch— en la defensa de Navarro cuando el PSPV denunció en 2007 que la edil estaba cobrando dos sueldos: uno como diputada provincial y otro como concejala de Rocafort. En diciembre de 2012 el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ), obligó al ayuntamiento a exigirle a Navarro la devolución de los 24.000 euros que le había pagado desde 2003, así como los intereses legales de ese dinero. En ese momento ya gobernaba el PSPV que también le reclamó a la regidora popular que pagase lo que había costado su defensa. En total, más de 27.000 euros que Navarro devolvió al consistorio aunque inmediatamente puso un recurso al considerar que no debería habérsele cobrado los 3.810 euros del coste de la defensa.

En su recurso a la resolución del ayuntamiento que le obligaba a asumir el coste de los abogados, Navarro argumentó, por ejemplo, que ella no recibió cantidad alguna que debiera reintegrar (el ayuntamiento pagó directamente a los letrados que la defendieron).

La jueza del Contencioso, Laura Alabau, acepta éste y otros argumentos de Navarro y también considera probado que la exconcejala, teniente de alcaldesa y diputada provincial nunca requirió tener esa defensa. «No consta que la exedil pidiese ser dotada de representación y defensa puesto que era demandado el ayuntamiento y éste defendía la misma posición que la recurrente, por lo que no era imprescindible dicha representación y defensa», explica la magistrada.

También destaca que fue el pleno municipal quien facultó al alcalde para que propusiera a la junta de Gobierno «la designación de abogado y procurador» para la comparecencia de Navarro.

Falsos argumentos

Este último argumento, según ha asegurado Sampedro, es totalmente falso. En un escrito hecho público el pasado martes, la alcaldesa señala que «es imposible que la defensa de la concejala Navarro pudiera aportar alguna prueba al respecto, porque ni existió tal pleno ni tampoco ningún acuerdo de la Junta de Gobierno Local».

«Sin embargo —añade Sampedro—, la Magistrada-Jueza da por hecho que así sucedió y a partir de esa idea errónea, transmitida por la defensa de Carlota Navarro sin ninguna prueba y aceptada sin condiciones por la señora Alabau, esta abraza los (falsos) argumentos de la defensa y los hace suyos».

En su escrito, la alcaldesa contesta a estos argumentos señalando, por ejemplo, que si realmente hubiera sido el pleno quien hubiera decidido asumir el coste de la defensa de Navarro, «hubiera sido conveniente conocer (por parte de la jueza) cuál había sido el posicionamiento de la concejala sobre facultar al alcalde o no para proponer a la Junta de Gobierno Local la designación de un abogado y de un procurador para su defensa [la de ella]», así como el sentido de su voto en la susodicha Junta.

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