El juzgado de Primera Instancia e Instrucción 6 de Paterna ha declarado «la firmeza de la resolución dictada en el auto de sobreseimiento libre» que el pasado abril supuso el archivo de las diligencias contra los exalcaldes Lorenzo Agustín y Elena Martínez y otros cuatro regidores del anterior gobierno del PP, por presunta prevaricación administrativa en la adjudicación a la empresa municipal Gespa del coste de las «misiones comerciales» a China para promocionar la Zona Franca.

«Han sido casi 18 meses de suplicio para la ex alcaldesa y los concejales del PP imputados por una denuncia de Compromis, que por dos veces el juzgado consideró indebida y ahora ha sido definitivamente archivada „explicaban ayer los populares en un comunicado„. Ya no cabe recurso y termina el tormento originado por una falsa acusación, utilizada políticamente por Compromis y resto de grupos de la oposición para desacreditar la labor de la exalcaldesa y su equipo de gobierno».

La investigación se abrió en el verano de 2014 a raíz de una denuncia de Compromís que la Fiscalía trasladó al juez, en la que se cifraba en 628.000 euros el gasto supuestamente «irregular» de fondos públicos a través de Gespa en los viajes y otras «acciones comerciales» y «gastos de promoción, como eran vestuario, azafatas, traductores, folletos o carteles. Tras la imputación de los miembros de la Junta de Gobierno (Agustí, Martínez y los también concejales María Villajos, Sara Álvaro, Vicente Sales y Alfonso Romero) que aprobaron esa inversión, de tomarles testimonio y de investigar los informes al respecto que realizaron los habilitados nacionales del ayuntamiento, la magistrada considera que la actuación «resulta justificada y necesaria» y, por lo tanto, «no es contraria a ley ni injusto arbitrario».

El auto judicial destaca que «de la documental aportada y de la ampliación a la declaración prestada por la secretaria municipal ha quedado justificada la necesidad e idoneidad de que la Gespa prestara el servicio de marketing al ayuntamiento» ya que «la prestación de servicio de Marketing Global por la Gespa significaba un ahorro por el Ayuntamiento y además éste no contaba con personal propio que pudiera realizar estos trabajos y la Gespa sí».

«Por todo lo expuesto „añade„ el acuerdo adoptado por la junta de gobierno local en fecha 30/04/2013 por el que se aprobaba el anexo del ejercicio del 2013 de la encomienda de Marketing Global a la Gespa no es contrario a ley ni injusto arbitrario, pues resulta justificada y necesaria la prestación de dicho servicio».