Los vecinos de Silla podrán proponer encuestas populares tras presentar cien firmas en el ayuntamiento. Es una de las mejoras que establece el Reglamento de Participación Ciudadana, aprobado por el consistorio en el pleno de diciembre, y que supone una ampliación de los derechos de los vecinos, puesto que la actual legislación por la que se rigen las encuestan populares pide las firmas del 15 % del censo electoral, esto es casi 2.000 firmas en Silla, para llevar la propuesta de encuesta al pleno. Esta es, según explica el gobierno local, una de las razones por el que la moción presentada por Els Verds fue rechazada en el anterior pleno, ya que ellos afirmaban que eran necesarias 1.500 firmas, y sobre todo recurrían el artículo 6 del actual Reglamento de Partipación por «recortar derechos de los ciudadanos».

En concreto el artículo 6 recoge diversos derechos como el de presentación de quejas y reclamaciones y el de intervención en las sesiones municipales. El artículo pone una serie de requisitos para poder realizarse las intervenciones ciudadanas, como que tendrían que ver exclusivamente con los puntos del orden del día y que habría que solicitarlo por escrito como mínimo dos días hábiles antes a la alcaldía.

El concejal de Participación, Salva Mestre, asegura que esta moción carece de legitimidad. En primer lugar por la forma, ya que solo se podían presentar alegaciones 15 días después de haber sido presentado el Reglamento en el pleno antes de ser publicado en el BOP. «Eso fue en octubre y el portavoz de Els Verds, Antonio Navarro presentó seis alegaciones sobre el artículo 6 y fueron estimadas tres», recuerda. Después, una vez publicado en el BOP el Reglamento no puede ser modificado y «por tanto el recurso de Els Verds no cabe en forma», señala.

Mestre, por otra parte, afirma que precisamente el artículo 6 amplía a las personas la posibilidad de participar dentro de los puntos del orden del día, una vez se están debatiendo, y no tener que esperarse a los ruegos y preguntas del final. «Algo que hasta ahora era una opción válida solo para las asociaciones», aclara. En ese caso las personas que a título individual «quieran intervenir antes de votar un punto del orden del día sí deberán presentar su propuestas dos días antes», cuando se anuncian los contenidos a tratar por el Pleno.