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Tribunales

El TSJ obliga a Mª José Alcón a pagar a Mislata 346.000 euros por una herencia

La oficina tributaria local detectó en 2014 que los familiares no habían abonado la transmisión tras fallecer el padre en 2009

El TSJ obliga a Mª José Alcón a pagar a Mislata 346.000 euros por una herencia

Los problemas de la exconcejala de Cultura de Valencia Mª José Alcón y su familia con la justicia, además de los suyos propios en el caso Imelsa, se acumulan. Si el lunes la Audiencia Provincial confirmaba el procesamiento abierto por el Juzgado de Instrucción número 1 de Mislata contra ella, su madre y sus dos hermanos por un presunto delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, ahora se ha conocido que el Tribunal Superior de Justicia ha rechazado el recurso que presentaron en su día por otro caso similar y que les obliga a pagar 346.000 euros al Ayuntamiento de Mislata por no pagar el impuesto de transmisiones de una herencia.

La historia se remonta a febrero de 2014 cuando la Oficina de Inspección Tributaria de Mislata descubre que tras el fallecimiento del patriarca Juan José Alcón en 2009, la familia no ha liquidado la transmisión «mortis causa» de sus inmuebles: un chalet en Blasco Ibáñez sobre una parcela de más de 1.500 metros cuadrados y varios bajos comerciales en Gregorio Gea e Isabel la Católica. Las propiedades suman más de 4.500 metros cuadrados con un valor catastral de seis millones de euros.

El ayuntamiento cita entonces a los herederos para requerirles el testamento y que aporten toda la documentación. En un encuentro posterior, la familia presenta alegaciones contra el cálculo realizado por los técnicos municipales sobre el Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: 345.843 euros, incluyendo los 55.000 euros de intereses de demora desde 2010. La inspectora de tributos y el jefe de recaudación revisan las liquidaciones y rechazan las alegaciones de la familia Alcón, que finalmente deciden abonar la deuda pero presenta un recurso de reposición argumentando que los números difieren. Los herederos estiman que deben pagar 216.151 euros y reclaman la diferencia. Ante la respuesta negativa del consistorio, interponen un contencioso administrativo ante el juzgado número 6 de Valencia exigiendo la cantidad de 129.691 euros.

La fórmula de cálculo

La impugnación se basaba en la «errónea aplicación de la fórmula legal para calcular el supuesto incremento de valor del terreno» considerando que la citada fórmula «conlleva a calcular el incremento futuro del valor de los terrenos y no el incremento que ha experimentado desde la última adquisición hasta la fecha del devengo» además de apuntar que con ese cálculo «no se obtiene un real incremento». El juzgado desestimó el recurso en base a otras sentencias en las que la administración ha escogido como fórmula el artículo 107 de la Ley de Haciendas Locales, que «no admite otra interpretación que la literal y que la ley no calcula el incremento del valor por diferencia catastral en el momento de la adquisición y la transmisión sino que se toma este último valor y se le aplican los porcentajes fijados en las ordenanzas». Los herederos apelaron entonces ante el Tribunal Superior de Justicia que desestimó el recurso a finales de julio de este año considerando firme la sentencia.

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