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Movilidad

El Consell Jurídic abre la puerta a rescindir el contrato de los fotorrojos

Un informe del CJC avala que los ayuntamientos tienen derecho a mover las cámaras sancionadoras hasta cuatro veces cada año, lo que la empresa gestora les ha negado

El Consell Jurídic abre la puerta a rescindir el contrato de los fotorrojos

Es un pequeño paso en un largo camino. El Consell Jurídic Consultiu ha concluido un dictamen sobre una de las cláusulas del contrato firmado a finales de 2014 entre la Mancomunitat de l'Horta Sud, presidido entonces Soledad Ramón (PP); y la empresa Asesores Locales Consultoría, para la instalación de cámaras sancionadoras a los conductores que se salten los semáforos en rojo. El informe aborda el punto que determina la posibilidad de cambiar los fotorrojos de sitio y la temporalidad.

En el Pliego de Cláusulas Administrativas del contrato, figura en el punto 11.2 como criterio de valoración «Movilidad en la ubicación de los fotorrojos». Dentro de este apartado, se dice que «se valorará la movilidad en la ubicación de los fotorrojos respecto de la propuesta de ubicación designada por el Ayuntamiento interesado. Señalándose como mínimo un cambio de movilidad al año y un máximo de 4 durante el año, para todos los ayuntamientos adheridos al servicio».

Los pueblos que se sumaron a la instalación de los fotorrojos „Catarroja, Sedaví, Picanya, Beniparrell y Massanassa„ siempre se han quejado de que la empresa no atiende sus reivindicaciones para trasladar las cámaras a otros puntos menos transitados y evitar el cabreo de los vecinos ante tanta sanción. La concesionaria interpretaba la cláusula de otra forma. De hecho, en un escrito de julio del pasado año y que respondía a una petición de la Mancomunitat sobre este asunto, argumentaba que «el cambio en la ubicación de los fotorrojos ofertado por la adjudicataria „mínimo uno y máximo cuatro „se refiere a la totalidad de fotorrojos instalados en todos los municipios, no a cuatro cambios como máximo por municipio».

Ante la discrepancia entre ambas partes, la Mancomunitat solicitó un informe al Consell Jurídic Consultiu, órgano de la Generalitat cuyos dictámenes no son vinculantes. Así, el CJC, basándose en la Ley de Contratos del Sector Público y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, estima que lo que «persigue la cláusula es que cada ayuntamiento pueda solicitar un mínimo de 1 y un máximo de cuatro al año». Además, apunta que el servicio se presta en cinco ayuntamientos, «de tal forma que si el máximo de cambios posibles fuera 4 para el conjunto de los ayuntamientos „como defiende la empresa„un ayuntamiento no podría solicitar ningún cambio al año, lo que no parece corresponderse con el objetivo final de la cláusula».

Con este nuevo panorama el presidente de la Mancomunitat Carlos Fernández Bielsa exigirá a la concesionaria el cumplimiento literal del contrato cambiando de ubicación los fotorrojos que soliciten los ayuntamientos. Además, ya ha dado orden a los servicios jurídicos para que estudien el dictamen del CJC para la posible rescisión del contrato por incumplimiento. Cabe destacar que el Consultiu no se pronuncia sobre este aspecto alegando que su pronunciamiento es sobre la interpretación de un punto del contrato, y asegurando que en el caso de que se iniciara el proceso de resolución se pronunciaría entonces.

Bielsa: «Ayudamos, no multamos»

Bielsa insistió que no le gusta el sistema de fotorrojos que aprobó el PP y que la Mancomunitat «está para ayudar y mancomunar servicios a los ayuntamientos, no para multar a los ciudadanos».

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