El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Paterna para recomendarle que exima del pago del Impuesto de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía) a una vecina de la localidad que acudió al defensor por lo que consideraba una actuación abusiva de la Administración local, tras haber dado su vivienda en dación en pago.

En su escrito de queja al Síndic, la afectada explicaba que hace un año se vio obligada a entregar su casa para saldar la deuda hipotecaria a la que no podía hacer frente. Al cabo de unos meses recibió una carta del Ayuntamiento de Paterna requiriéndole el pago del impuesto de la plusvalía, lo que llevó a la afectada a presentar un recurso de reposición contra la liquidación ante el consistorio y adjuntó el documento notarial de la operación en el que se detallaba la exención de dicho impuesto. Sin embargo, la Administración local desestimó dicha petición.

Sobre esta problemática el Síndic recuerda que el Real Decreto-Ley 8/2014 declaró exentas de pago las transmisiones de la vivienda habitual realizadas en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales, es decir, eximía del pago de la plusvalía municipal a las personas que se vieran afectadas por la dación en pago de su vivienda habitual.

En el caso concreto, el defensor del pueblo valenciano indica que "la dación en pago realizada por esta vecina fue por necesidad, fruto de la situación económica en la que se encontraba" y añade que "no se trata de una operación que le haya reportado ningún beneficio ni aumentado su capacidad económica, ya que la contraprestación es única y exclusivamente la extinción de una deuda y la pérdida de la vivienda".

El defensor del pueblo valenciano es plenamente consciente de las circunstancias económicas actuales que especialmente sufren las personas en situación de riesgo de exclusión social. Por eso, pide a las administraciones públicas que se sensibilicen con las personas que, por su situación socioeconómica, profesional o laboral, se han visto obligadas a solicitar la dación en pago y han hecho una entrega forzosa de su vivienda habitual ante la imposibilidad de hacer frente a sus compromisos de pago de la deuda hipotecaria adquirida.