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El Código Penal contempla multas de hasta 144.000 euros

El Código Penal reserva en el capítulo dedicado a los delitos contra los derechos y deberes familiares una sección que trata del abandono de familia o menores. La falta injustificada y continuada de los alumnos que cursan enseñanza obligatoria recoge su castigo en el artículo 226, que señala que «el que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar..., será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses». Esto último es lo más habitual, con una cuantía que depende, según la ley, de la capacidad económica del acusado, entre otras cosas. En los casos registrados en Sagunt, la multa oscila entre cuatro y cinco euros al día, pero podría alcanzar un máximo de 400 para disparar la multa hasta 144.000 euros. r. h. sagunt

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