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Tribunales

El TSJ rectifica a un juzgado y condena a Faura en un litigio con una firma telefónica

El Tribunal le obliga a autorizar la instalación de una antena y a pagar 1.200 euros por las costas procesales - También insta al ayuntamiento a reconsiderar su plan de urbanismo municipal y aplicar una ley posterior a la solicitud de la licencia

La petición de licencia se hizo para colocarr la antena en el edificio más alto cercano al consistorio. h. forero

El Ayuntamiento de Faura ha recibido un varapalo a nivel judicial. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado una sentencia que obliga al consistorio a permitir que una compañía telefónica pueda instalar una antena en el centro de la localidad; algo que el municipio le había denegado en 2011, en una decisión que revalidó el Juzgado de lo Contencioso número 4 de Valencia en febrero de 2014.

Esta decisión del Tribunal Superior de Justicia ha cogido totalmente por sorpresa al consistorio, como reconocía a Levante-EMV el alcalde de Faura, Toni Gaspar.

Tras aceptar el recurso de apelación interpuesto por la compañía de telefonía, ahora el Tribunal Superior ha revisado la sentencia del juzgado número 4 de Valencia y, en contra de lo estimado por ella, ha concedido la razón a la empresa. Así, el consistorio de Faura que decidió en su día denegar la licencia de obras, ahora se ve obligado no sólo a conceder dicho permiso sino a pagar las costas del proceso, que se han estimado en 1.200 euros.

La actual sentencia del Tribunal Superior también insta al Ayuntamiento de Faura a reconsiderar el fundamento legal del plan de urbanismo municipal. E incluso a atender la reciente ley de telecomunicaciones 9/2014 que no estaba ni siquiera vigente en el momento en que se producían los hechos, como señalaban desde el consistorio.

En su día el arquitecto de Faura y los expertos en derecho urbanístico reforzaron la negativa del equipo de gobierno de Faura a conceder la licencia atendiendo al Plan General de Ordenación Urbana y a las normas subsidiarias de la localidad.

En este sentido al recibir en junio de 2010 la solicitud de la empresa para instalar la antena en el portal número 3 de la Plaza Enric Garcés de Faura, el consistorio denegó el permiso. Los técnicos municipales remarcaron que en el lugar donde se pretendía ubicar la antena sólo se permitía construir la caja de escalera, el cuarto de máquinas para el elevador, antenas colectivas de televisión y FM así como instalaciones de aires acondicionados o chimeneas de ventilación. También especificó que todos estos elementos deberían retranquearse 4 metros de la fachada.

Sin embargo, la sentencia del TSJ hará que finalmente el ayuntamiento piense conceder el permiso pues, aunque el pronunciamiento no es firme, su limitación de medios le hace desestimar la idea de prolongar la batalla judicial después de que el Tribunal Superior haya dado la razón a la empresa.

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