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Absuelven a Sancho, Carlos Julián y su esposa de estafa, falsedad y blanqueo

La sentencia considera que la acusación no ha logrado probar las «razonables sospechas»

Absuelven a Sancho, Carlos Julián y su esposa de estafa, falsedad y blanqueo

La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al exsecretario de Canet d´En Berengue, José Antonio Sancho Sempere, el exconcejal de Hacienda de esta localidad, Carlos Julián Zaera, y a la esposa de este, Adoración Zamora Galán, de los delitos de estafa, falsedad y blanqueo de capitales por los que la Fiscalía pedía para ellos hasta siete años y seis meses de prisión. La sentencia admite que hay «razonables sospechas de la comisión de los ilícitos imputados», pero señala que tras el juicio oral y oír a los testigos existe «un nivel de incertidumbre incompatible con la certeza» que debe sustentan una condena.

Los hechos juzgados se remontan a julio de 2010, cuando la Asociación Pangea Arco Mediterráneo, una entidad sobre la que Sancho ejercía «absoluto control», solicitó a la Junta de Andalucía una subvención de 23.369 euros para la renovación de equipos informáticos destinados supuestamente a la integración de inmigrantes.

En enero de 2011, la empresa Soluciones Dexfor, administrada primero por Carlos Julián Zaera y luego por su esposa, entregó diverso material informático a la Asociación Pangea cuyo valor se correspondía con el importe de la subvención recibida de la junta de Andalucía. Sin embargo, el exsecretario nunca ejecutó los trabajos que debía realizar para la Junta de Andalucía. De hecho, en junio de 2015 parte de aquellos materiales fueron almacenados en La Casa de los Llano, un local del ayuntamiento de Canet donde los encontraría la Guardia Civil en uno de sus registros.

El hecho de que en mayo de 2011 otra entidad controlada por Sancho, Villena III Milenia, le cobrara a Dexfor 16.359 euros por unos supuestos servicios jurídicos, llevaba a la acusación ha plantear que detrás de la operación había una maniobra para cobrar fraudulentamente la subvención andaluza y después repatirse el dinero.

La sentencia admite que en los hechos no faltan motivos para la «sospecha intensa». En este sentido cita los métodos seguidos por Sancho para obtener la subvención, sirviéndose de firmantes que en el juicio oral admitieron «desconocer el objeto de sus diferentes firmas». También destaca que el trabajo subvencionado no se realizó, así como «el hecho de haber acabado la mayor parte del dinero de la subvención en manos del acusado principal».

Sin embargo, el juez señala que las acusaciones no han aportado pruebas que justifiquen los delitos. Así, señala que los hechos descritos no se ajustan al delito de falsedad. Admite, eso sí, que se ha podido «faltar a la verdad», pero que esa conducta «no es punible cuando la practica un particular». Más tajante es al rechazar que Carlos Julián haya intervenido en una estafa ya que su nombre ni siquiera aparece en la petición de subvención.

Prueba diabólica

También cuestiona el argumento de la Fiscalía de que la desaparición de parte del material informático demostraría que la operación de compra fue fingida. Para los magistrados pretender que, después de siete años y de haber estado almacenados en un local sin vigilancia, aparezca todo es una «prueba diabólica». Por ello, considera que al aparecer parte del material aporta indicios de que existió el resto y estima que la acusación no ha probado lo contrario.

Así mismo considera que no se ha podido probar el «concierto para delinquir» entre Sancho y Carlos Julián. En este sentido, considera que las acusaciones se han limitado a presentar sospechas «bien trenzadas y provocadoras de desasosiego, pero insuficientes».

Finalmente, también descarta que se estafara a la Junta de Andalucía y considera «razonables» las explicaciones de Sancho que justificó la no realización del trabajo por el desmantelamiento de la sociedad. En este sentido descartó que hubiera existido perjuicio para la Junta ya que esta nunca se hizo cargo del material adquirido en los cuatro años que tenía para hacerlo, ni aceptó la devolución del dinero de la subvención.

En cuanto a Adoración Zamora, la sentencia se limita a recordar que durante el juicio se retiraron las acusaciones contra ella.

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