Igualdad antes y después del divorcio

 
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JOSÉ ALBELDA La lucha por la igualdad de derechos y de oportunidades de la mujer en el ámbito legislativo, laboral y social es uno de los procesos más ilusionantes de las últimas décadas. El entorno familiar también es un reflejo de este deseo de equidad. Ya casi nadie discute la repartición de las tareas domésticas, así como la corresponsabilidad del padre y de la madre en la educación y en el cuidado de los hijos.
Quizás lo más interesante de este proceso en curso sea la superación de la imprescindible etapa de reivindicación feminista -que se remonta a la heroica lucha de las sufragistas británicas, a finales del XIX-, y el inicio de una segunda fase de trabajo conjunto entre hombres y mujeres contra las inercias de una cultura patriarcal muy poderosa.
Bien, pues esta tendencia a la igualdad se esfuma completamente si una pareja con hijos decide poner fin a su matrimonio. Con la ley de divorcio de 2005 -iniciativa del Gobierno socialista-, el régimen de custodia compartida, que pretende continuar con la corresponsabilidad de ambos padres con sus hijos en todos los campos que les atañen, se convierte en una excepción. Sólo se admitirá si ambos progenitores están conformes. Pero si la madre no está de acuerdo, en el 97% de los casos el juez le otorga a ella la guardia y custodia. ¿Qué supone esto en la práctica? La madre asumirá la responsabilidad de su educación y cuidado cotidiano, mientras que el padre se verá relegado en estos aspectos tan importantes, pero deberá efectuar la aportación económica que estime el juez para garantizar el sustento de sus hijos. No resulta muy difícil encontrar similitudes con un modelo machista ya periclitado: la madre cuidando de los niños y el padre trayendo el dinero a casa. La guardia y custodia también permite que la madre disponga del domicilio familiar, con lo cual en la mayor parte de los casos el padre deberá abandonar la casa en la que todos han convivido hasta entonces. Aunque el sueldo del padre no sea muy elevado -cosa bastante frecuente- deberá afrontar el pago de la pensión por alimentos y, además, buscarse un sitio donde vivir. Todo ello puede dejar su economía en precario, incluso por debajo del umbral de la pobreza.
Si bien se pretende ante todo la protección los hijos, la ley olvida que para beneficiarles no basta con garantizar su sustento, pues también se debe facilitar un vínculo estable con ambos padres, vínculo que la mayor parte de los hijos no desean perder. Sin embargo, el padre tiene por lo general un régimen exiguo de visitas -se llaman así, visitas, un término curioso si lo aplicamos a la relación de un padre con su hijo- que impide una convivencia cotidiana. Desde luego no resulta extraño que esta situación de desigualdad potencie el enfrentamiento, lo cual, como es lógico, perjudica a los niños que se intenta proteger.
Por otra parte, la reivindicada emancipación de la mujer conlleva, por supuesto, la independencia económica, que es posible sobre todo a partir de su definitiva incorporación al mercado laboral. Y no olvidemos que la implicación del padre en las tareas domésticas y educativas ha supuesto un gran impulso para la autonomía laboral y económica de la madre. Es por ello que no tiene sentido partir de modelos proteccionistas, como la necesidad de ofrecerle la casa común y una prestación estable para los hijos, en lugar de una aportación compartida. Visto desde una cierta perspectiva, es una forma de perpetuar un modelo de dependencia económica contra el que se sigue luchando. Es evidente que la regulación legal debe ajustar al detalle el equilibrio económico necesario, durante un periodo de transición, que permitirá la adecuada manutención de los hijos. Pero dicho equilibrio debe ser mutuo, y la custodia compartida precisamente facilitaría una mayor disponibilidad para conseguir mejoras laborales y mayores ingresos.
No podemos ignorar que países europeos modélicos en la defensa de los derechos civiles como Alemania, Francia, Suecia, Noruega o Dinamarca plantean la custodia compartida como opción preferente. Por todo ello, la actual ley de divorcio supone uno de los principales escollos para avanzar en la igualdad de género, y en la corresponsabilidad de ambos padres para con sus hijos. No tiene sentido que el gobierno predique la igualdad, que cree incluso un Ministerio de Igualdad, y sin embargo promulgue un ley que niega dichos objetivos y que, a la postre, no responde en absoluto a la realidad de la familia española. Estas contradicciones extremas son inaceptables y deben ser revisadas lo antes posible en beneficio de todos, y sobre todo de los hijos. Luchemos por la igualdad y la corresponsabilidad, pero también después del divorcio.
*Profesor de Escultura de la Universidad Politécnica de Valencia

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