La difícil situación económica que atraviesa la mayoría de los municipios ha hecho que algunos de ellos hayan dirigido su mirada hacia la privatización del abastecimiento de agua como fuente de ingresos para paliar, aunque sea en parte, sus abultados déficits presupuestarios. La concesión, procedimiento por el que a cambio de un canon se cede la gestión de la explotación a una empresa privada, ha sido en muchos casos la solución elegida, no exenta de polémica por su conveniencia y, en algún que otro caso, por la ingeniería financiera que le ha acompañado.

Dejando de lado el debate de fondo sobre el modo en que deben ser gestionados los servicios públicos, y el papel que debe desempeñar la empresa privada en su prestación, veamos algunas razones de peso que parecen inclinar la balanza del lado de la gestión pública en el caso del suministro urbano de agua.

En primer lugar, no hay que olvidar que el suministro de agua es más que un bien económico, que sólo debiera estar sujeto a la reglas del mercado, se trata de un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida, como así lo ha reconocido la Asamblea General de Naciones Unidas en 2010. Su gestión, como servicio público esencial, debe estar garantizada por el Estado y, aunque en apariencia nuestra legislación así lo contempla „reserva de la actividad en favor de los ayuntamientos„, en la práctica se observa la pérdida efectiva del control cuando la gestión se encomienda a la empresa privada. Los medios humanos y materiales con los que cuentan los municipios para ejercer su control se ven empequeñecidos frente a los que ostentan las empresas del sector.

La aparente libre competencia que garantiza el mercado no es tal y aparece el oligopolio como elemento de presión. En la Comunitat Valenciana, el 90 % de la gestión privada la realizan cuatro grandes grupos, dos de proyección multinacional y los otros dos locales, estrechamente relacionados con el poder político valenciano. La aparente mayor eficiencia, know how y tecnología que aporta la empresa privada queda en entredicho cuando levantamos la vista y observamos cómo se gestiona el agua fuera de nuestras fronteras. En la mayoría de los países europeos, la gestión es pública y muchos de sus gestores pueden hacer gala de ser considerados como los más eficientes. Desde el punto de vista económico, el canon concesional que deben abonar las empresas al hacerse cargo del servicio no es más que una subvención encubierta a fondo perdido que reciben los ayuntamientos de sus propios vecinos. El mecanismo es sencillo: la empresa abona un canon que repercutirá, junto con sus intereses, a sus abonados vía recibo del agua hasta la extinción de la concesión, en algunos casos de hasta 25 años. El perjuicio es claro: tarifas más caras y menor disponibilidad de recursos para hacer frente a nuevas inversiones de mejora en la red.

Las fórmulas asociativas de gestión supramunicipal, que contempla la ley, la transparencia, el control externo, la regulación del servicio y la participación ciudadana son elementos suficientes para garantizar un servicio público de calidad esencial para el ciudadano.