Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Julio Monreal

Muerte y silencio en la cárcel

La cárcel de Picassent es la más masificada de España, y además de eso atrae a su nombre una abundante lista de problemas que periódicamente saltan a la opinión pública, como invasiones de ratas, cortes de agua que impiden atender a los internos debidamente y un largo etc.

De todo ello vienen dando cumplida cuenta asociaciones de trabajadores, como la activa Acaip, que reclaman la mejora de las condiciones laborales de forma que los 900 funcionarios de prisiones asignados al penal puedan desempeñar su trabajo con las máximas garantías de seguridad posibles. Como es lógico, ya que se trata de una cárcel, los incidentes con los reclusos son frecuentes. El propio recuento sindical eleva a más de 700 los sucesos reseñables que se producen cada año dentro de los muros.

Sin embargo, hay acontecimientos excepcionales que escapan a toda lógica y en los que el establecimiento penitenciario no está a la altura de sus obligaciones. Ni una sola palabra, gesto o informe han trascendido sobre las circunstancias y responsabilidades del suicidio de un recluso el pasado 9 de agosto cuando acababa de entrar en el recinto penitenciario. Se trataba del concejal del Ayuntamiento de Serra Marcos Cabo, detenido como sospechoso de matar a su esposa, Dolores Moya, y prender fuego a la casa de ambos. Ingresado en la enfermería y adscrito al protocolo denominado «de prevención de suicidios», Cabo se quitó la vida sin que los medios de la prisión pudieran evitarlo a pesar de haber desarrollado planes específicos para ello. El hijo de la pareja, que creía inocente a su padre, anunció que exigiría responsabilidades por el fallo mortal en la custodia.

Desde que se produjo el suicidio, ni Instituciones Penitenciarias ni la dirección de la prisión ni las organizaciones sindicales han informado públicamente sobre si se ha abierto algún expediente, depurado alguna responsabilidad o producido alguna dimisión. No se han molestado ni en contestar. Al margen de los execrables hechos que se le imputaron al fallecido, cualquier persona que es conducida a una prisión tiene el derecho a ser custodiada con garantías, y la sociedad que soporta con sus fondos y su esfuerzo la administración penitenciaria tiene también el derecho a conocer y juzgar los errores, en la misma medida que se cacarean los éxitos o los problemas. Una gotera se repara. Una muerte es irreversible.

Compartir el artículo

stats