El Colegio Oficial de Ingeniería en Geomática y Topografía ve con buenos ojos el nuevo marco regulador para la realización de actividades con drones que permitirá que profesionales y empresas puedan desarrollar multitud de aplicaciones que no estaban permitidas con la normativa actual, pero este es un primer paso y con el tiempo deberemos avanzar con el fin de poder utilizar todo el potencial que estas herramientas nos aportan. Aunque la utilización de la tecnología dron en el entorno civil es relativamente reciente, muchas de las aplicaciones que se desarrollan en la actualidad y las que se desarrollarán en los años venideros no son nada nuevas para nuestros profesionales.

Los ingenieros en geomática y topografía y los ingenieros técnicos en topografía llevamos muchos años trabajando activamente en este tipo de aplicaciones mediante la utilización de sistemas de adquisición de datos similares equipados, por ejemplo, en aviones tripulados o en satélites. La mayoría de aplicaciones que se están desarrollando con estas aeronaves están basadas en la teledetección y la fotogrametría, dos ramas estructurales dentro de la ingeniería geomática y que permiten desde la observación del territorio para la creación de cartografía de todo tipo, hasta inspección del estado de infraestructuras, realización de estudios de evaluación de impacto ambiental, peritaje de la escena de accidente e incluso para la optimización, control de plagas o medición de la salud de los cultivos.

Hasta la fecha, la posibilidad de uso de aeronaves no tripuladas estaba bastante limitada en España y esta reforma da un poco de aire fresco permitiendo que las más de 2700 empresas de este emergente sector puedan tener mayor desarrollo aunque como pasa en muchas otras situaciones la evolución tecnológica siempre va años luz por delante de la normativa aplicable. Gracias a este Real Decreto, que sustituye al marco normativo transitorio adoptado inicialmente por la Ley 18/2014, los profesionales podrán volar sobre poblaciones, personas, en espacio aéreo controlado y de noche, tras presentar un estudio de seguridad y con autorización previa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

Los profesionales han sido bastante críticos en los últimos tiempos con situaciones negligentes por parte de ciertas empresas o incluso la propia administración, como por ejemplo con televisiones públicas que utilizaban la filmación con drones sobre núcleos urbanos y espacio aéreo controlado cuando nuestros propios profesionales no podían hacer uso de estos en dichas localizaciones por las limitaciones normativas vigentes.

Como importante novedad, se establecen limitaciones al uso recreativo, todo ello atendiendo a criterios de seguridad aérea y de seguridad pública, recordemos que los drones son aeronaves, no juguetes y cualquiera puede adquirir equipos de dimensiones considerables que pueden ser un peligro potencial en manos no experimentadas.

En nuestro colegio siempre hemos sido partidarios de que la normativa debe ser flexible para que el uso de estas herramientas sea de utilidad, siempre que se garantice la seguridad, pero las acciones contra quien violen las reglas del juego deben de ser contundentes para que la desobediencia no salga barata al infractor.