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Derechos más humanos y dignos

El hecho de que incluso la mayoría de la sociedad demande la llamada prisión permanente revisable, no justifica su aprobación. Así comenzaba Tomás S. Vives Antón, catedrático emérito de Derecho Penal de la Universitatde València, su artículo La dignidad de todas las personas, que escribía en 2015 y donde explicaba cómo desde la promulgación del Código Penal de 1995, que algunos llamaron el Código Penal de la democracia, se le han incorporado una serie de reformas variopintas con un denominador común: la constante elevación, directa o indirecta, de las penas privativas de libertad. La culminación de ese proceso, tras veinte años de la aprobación de la Ley orgánica, es la llamada prisión permanente revisable, un texto legal que se convirtió en uno de los más duros de Europa.

Y no la justifica, claramente porque vulnera derechos y principios fundamentales democráticos, como la igualdad, la dignidad como garantía que incluye lo que la persona necesita para dar a todos una «existencia digna», la justicia, la reinserción y reeducación social, así como la inviolabilidad de la persona. Entendemos con ello que cualquier ser humano debe ser tratado como un fin en sí mismo, por lo que nunca puede ser sometido a tratamientos que violen su integridad física y mental.

No podemos ampararnos en un escenario socioeconómico, donde el sentimiento de inseguridad permanente, de miedo e inestabilidad, a través de una demanda social manifiesta o interpretada por el Gobierno permita no sólo criminaliza conductas humanas, aun siendo estas deleznables, sino que justifique la vulneración de principios y derechos fundamentales de otras personas iguales en dignidad, así como en derechos en un Estado democrático que deben ser otorgados. En este sentido, se utiliza también como herramienta de transformación y supuesta seguridad ciudadana, el Derecho penal para castigar concienzudamente al reo, de forma que se refuerza la posición del individuo en la sociedad.

La teoría que sustenta la tesis de Vives remite a la corriente de pensamiento del contractualismo clásico, el cual entiende los derechos humanos como derechos naturales, superiores y preexistentes a cualquier decisión de la autoridad política-jurídica. Esta teoría entiende que la protección y garantía de los derechos básicos ocupa un lugar prioritario en la legitimidad del poder de la autoridad estatal, y no pueden quedar a expensas de ningún tipo de coerción social. Así, y como fundamento que se destaca de esta perspectiva, se afirma que el poder político está sometido y al servicio de las personas (de todas).

Un Estado democrático debe garantizar principios fundamentales reconocidos constitucionalmente. Entre ellos, el principio de seguridad jurídica con la cual se garantiza la obligatoriedad del Estado de proteger a la persona, sus bienes y sus derechos para que no sean violentados o que, si esto último llegara a producirse, le serán asegurados por la sociedad, la protección y reparación de los mismos. Sin esta condición, todas las demás son inútiles, porque las garantías jurídicas y procesales de las que hablamos se vaciarían de todo contenido concreto.

De igual forma, el tratamiento del delincuente debe ser tal que pueda ser aceptado por un culpable que reconoce su culpa. Por lo tanto, se deben incluir medidas en las que se sufrague el daño causado en la medida de lo posible por esa acción irreductible y evitar que pueda reincidir en la misma. Sin embargo, en ningún caso, utilizar medidas taliónicas e impuesta socialmente o por circunstancias que propicien o se consideren fundamentadas y que dañarían a las personas más allá de lo estrictamente necesario.

Este eufemismo que utiliza el Gobierno para encubrir la cadena perpetua en nuestro país, no sólo choca con los principios fundamentales de reinserción y reeducación del penado, sino que abre una grieta al desmantelamiento de un Estado de Derecho. Un Estado en el que recordamos debe definirse por un lado, una sociedad política que se encuentre plenamente regulada jurídicamente y donde las normas aseguren que todo ciudadano será tratado por igual frente a la ley.

Si bien el texto legal podría tener una vida tan corta en España como la que tuvo la mayoría absoluta de Mariano Rajoy, ya que el pasado mes de octubre el Congreso apoyó de forma mayoritaria una proposición de ley del PNV para empezar a derogar esta pena con el apoyo del PSOE, Unidos Podemos, ERC, PDC y la mayoría de los partidos del Grupo Mixto, aunque no de UPN, que se mostró a favor de la pena cuestionada y la abstención de Ciudadanos. En total logró 176 apoyos, por 135 votos en contra y 31 abstenciones.

Garantizar a las personas delincuentes sus derechos en cuanto a garantías jurídicas y constitucionales es propio no sólo una democracia real, sino un Estado maduro institucionalmente.

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