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Serra d´en Galceran

Medio Ambiente multa a dos empresas con 1.864 € por arrasar 4.000 m2 de suelo forestal

­Según se explica en el informe de la directora general de gestión del medio natural, Mª Ángeles Centeno, la cuantificación de la cantidad que se propone es el resultado de aplicar «de forma proporcional» la escala establecida en el artículo 74 de la Ley Forestal de la Comunitat

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La Generalitat Valenciana ha impuesto a las mercantiles Ingra Servicios de Ingeniería, SL y Valfortec SL (solidariamente) una sanción de sólo 1.864 euros por cometer una «infracción administrativa grave» al arrasar 4.000 metros cuadrados (0,4 ha.) de suelo forestal protegido en el paraje Volta del municipio de la Serra d´en Galceran (Plana Alta) para la construcción de un huerto solar.
Según se explica en el informe de la Conselleria de Medio Ambiente –firmado por la directora general de gestión del medio natural, Mª Ángeles Centeno- la cuantificación de la cantidad que se propone es el resultado de aplicar «de forma proporcional» la escala establecida en el artículo 74 de la Ley Forestal de la Comunitat Valenciana. Así, para valorar el terreno forestal afectado, el Consell ha tenido en cuenta dos factores: el coste de la actividad causante del daño (el movimiento de tierras ) y el valor de los bienes dañados (la vegetación).

Las tarifas
En el primer caso, la Generalitat calcula que el movimiento de tierras ha afectado a 1.200 metros cuadrados. Según «tarifas oficiales de Tragsa» (Empresa de Transformación Agraria, SA), un 30% de dicho movimiento ha sido en terrenos de tipo «roca», en el que se establece una sanción de 1,42 euros el metro cuadrado, y el 70% restante afecta a terrenos de tipo «tránsito», cuya multa es de 0,54 euros el metro cuadrado. De esta manera, la sanción total por el movimiento de tierras en una superficie de 1.200 metros cuadrados es de 964,80 euros.
En el segundo caso, y basándose en las ayudas destinadas a la gestión sostenible en materia forestal, el Consell dictamina que la sanción por dañar la vegetación es de 2.250 euros por hectárea que en el caso que nos ocupa se traduce en 900 euros. Si sumamos los 964,80 euros de sanción por el movimiento de tierras y los 900 por la vegetación dañada son da como resultado los 1.864,80 euros.

No se obliga a la restauración
Además, la Conselleria de Medio Ambiente tampoco estima necesario que el paraje tenga que ser restaurado ya que considera que sobre el terreno «nacerá vegetación de forma espontánea» y «no se prevén procesos erosivos».

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