Litigio

El TSJ anula por segunda vez el PAI Mestrets por cargar a los vecinos obras de interés general

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Un nuevo fallo ratifica la sentencia de 2008 y advierte que es ilegal gravar a los propietarios con el suelo de 4.500 VPO, el Centre de Convencions de Calatrava, la VIU, la Ciudad Deportiva, la ronda oeste y los barrancos del Sol y Els Canters

NACHO MARTÍN ­
Una segunda sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ) anula el programa urbanístico de Mestrets por cargar injusta e ilegalmente a los vecinos con las cargas con el coste de obtener suelo para construir 4.500 viviendas protegidas, el Centre de Convencions de Santiago Calatrava, la Universidad Internacional Valenciana (VIU), la Ciudad Deportiva de Castelló (unión del polideportivo Chencho con el Sindical), la ronda oeste de circunvalación y el encauzamiento de los barrancos del Sol y de Els Canters.
Así lo confirmaron ayer fuentes del TSJ un año después de que el propio tribunal valenciano anulara la modificación número 6 del Plan General de Ordenación Urbana de Castelló que contempla el PAI Mestrets, con el cual el ayuntamiento y el Consell prevén desalojar de sus viviendas a 40 familias del Camí dels Mestrets. Pese a ello, el ayuntamiento y el Consell mantienen su intención de recurrir al Supremo y acogerse al derecho de ejecutar el PAI mientras el alto tribunal emite la sentencia definitiva.
Por lo pronto, los magistrados ratifican la primera sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo y la hacen extensible al PAI al considerar se pretendía financiar a costa de los propietarios afectados los terrenos de siete proyectos «que sirven y redundan en beneficio de todo el término municipal de Castelló, por tanto de interés general de la ciudad». En suma, la inversión de los proyectos afectados superaría los 100 millones de euros.
El fallo judicial también da la razón a los vecinos respecto a las cargas de los barrancos del Sol y Els Canters y concluye que el ayuntamiento y el Consell no pueden obligar a los vecinos a pagar dos encauzamientos que se valoran en más de 4,6 millones de euros.
Además, el tribunal advierte que no consta la autorización preceptiva para encauzar los barrancos y que la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) denegó el permiso porque el vertido de los dos barrancos al encauzamiento del río Seco supondría un riesgo desbordamiento ante la falta de capacidad y «se considera incompatible el proyecto presentado con el encauzamiento del río Seco». A este respecto, la nueva sentencia subraya que debió «considerarse determinante la existencia del informe desfavorable del Organismo competente para haber dejado de aprobar definitivamente la modificación ahora impugnada», y por lo tanto el PAI Mestrets que depende de ella.
El fallo judicial emitido el pasado 6 de noviembre –tras seis años de movilizaciones vecinales– no hace más que ampliar y ratificar los argumentos de la sentencia de octubre de 2008, que ya advertía que el plan grava injustamente a los vecinos.

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