Iniciativa

El embarazo sumará puntos para escolarizar a los hijos en la C. Valenciana

La madre justificará su gestación con un certificado médico que acredite su embarazo al presentar la solicitud de plaza

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El hijo no nacido será determinante —puede suponer de entre tres y cinco puntos— en la admisión de alumnos del próximo curso en centros públicos o privados concertados de la Comunitat Valenciana. La Conselleria de Educación equipara el embrión al hermano o los hermanos, si se trataran de gemelos, en la resolución de las respectivas direcciones territoriales publicada ayer el el diario oficial por la que se establece el calendario y el procedimiento para configurar los listados de recepción de estudiantes en los colegios e institutos.
La conselleria aplica la Ley 6/2009, de Protección a la Maternidad, que, en el artículo 22, establece que en los procesos de admisión de alumnos de centros docentes no universitarios mantenidos con fondos públicos, «los alumnos cuya madre se encuentre en estado de gestación, se beneficiará de una puntuación idéntica a la que obtendrían si ya hubiera nacido su nuevo hermano o hermanos, en el caso de gestación múltiple».
El decreto de 2007, todavía en vigor, establece la baremación que se aplica en el procedimiento de acceso por los diversos conceptos. En el caso de ser familia numerosa general (tres hijos) son tres puntos y cuando es especial (a a partir de cinco niños), se logran cinco puntos.
En el amplio artículo cuarto que la resolución dedica a este aspecto, se indica que a la hora de valorar la puntuación correspondiente a familia numerosa, si éste fuera el caso, se asignará al alumno la puntuación correspondiente si sumados los hijos nacidos y los que se hallen en estado de gestación se reunen las condiciones establecidas para ostentar tal condición.
También se tendrá en cuenta en la aplicación del criterio renta, en donde se dedicará una línea para «cada uno de los futuros hermanos del alumno que se encuentren en gestación» indica, y en el espacio destinado a nombre se escribirá «en gestación».
Para que la madre justifique su estado bastará con un certificado médico que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la solicitud de escolarización. Educación se tendrá que aplicar para que no se le cuelen situaciones falsas, teniendo en cuenta las muchas trampas
—hasta el año pasado la declaración de la renta incompleta—; empadronamiento en casa de los abuelos o documentación errónea de minusvalía, que bastantes familias suelen realizar —como lo atestiguan varias sentencias al respecto— para intentar meter al niño en el colegio de preferencia.
De hecho, la resolución contempla que la madre deberá adjuntar a la solicitud el certificado médico oficial emitido por el facultativo que atiende a la gestante o informe de la historia obstétrica elaborado por el doctor de la Agencia Valenciana de Salud.

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