Cuando uno se dispone a viajar fuera de España es importante tener a mano, y en vigor, el pasaporte. Aunque toda persona acreditada con su Documento Nacional de Identidad (DNI) dentro de territorio europeo o en los países en los que hay convenio no lo necesita, el pasaporte es un documento imprescindible para visitar otros países.

Aquellos que quieran solicitarlo deben personarse en las oficinas expedidoras en el día y hora que se le habrá indicado en la cita previa solicitada, o bien en el teléfono 902.247.364 o bien en la dirección de Internet www.citapreviadnie.es. Deberán aportar la documentación oportuna en todos los casos, incluso cuando se trate de menores de corta edad. Además, habrá que abonar la tasa legalmente establecida, que en estos momentos asciende a 25,76 euros, según recoge la Policía.

Los documentos que hay que entregar son:

- En caso de que el solicitante sea mayor de 14 años, se requerirá el DNI en vigor (si se trata de residentes en el extranjero, el DNI podrá ser sustituido por el pasaporte en vigor o pendiente de renovar o la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o Consulado). Además, se deberá presentar una fotografía reciente (sin gafas de cristales oscuros o prendas que impidan su identificación). La fotografía no será necesaria si el DNI del solicitante tiene una antigüedad inferior a dos años y no existieran cambios importantes en su fisonomía. El mayor de 14 años pero menor de edad ha de ir siempre acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela y esta deberá demostrar su relación de parentesco.

- En caso de que se trate de un menor de 14 años, se presentarán los mismos documentos que un mayor de edad siempre y cuando esté en posesión de DNI. Si no lo tuviera, deberá aportar la certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Mercantil y el DNI de la persona que ejerza la patria potestad o tutela. Además, si el tutor legal es extranjero se deberá presentar la certificación literal de nacimiento del menor, el número de identificación de extranjeros o cualquier otro documento identificativo y expedido por una autoridad oficial. La presentación de una fotografía del menor será también imprescindible

- Si el pasaporte es para una persona con algún tipo de discapacidad deberá constar el consentimiento expreso de quien ejerza la tutela de la misma con la indicación de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo. Ese consentimiento se prestará ante el funcionario del órgano competente para la expedición del pasaporte o ante fedatario público. La documentación será en todo caso la misma.