La Generalitat Valenciana ha dado a conocer los pasos a seguir para solicitar las becas de carácter general para el curso 2014-15 para los estudiantes universitarios. Podrán solicitar este tipo de becas aquellos estudiantes que cursen enseñanzas universitarias del sistema universitario español y lo hagan en algún centro español (no se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades):

a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado y de máster.?

b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico y arquitecto técnico.?

c) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.?

d) Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.??

Para ser beneficiario de las becas que convoca la Generalitat Valenciana para el curso 2014-15 se deberán cumplir los siguientes requisitos, según se recoge en la página del ente autonómico:

- No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.?

- Cumplir los requisitos básicos establecidos en el Real Decreto 1721/2007, así como los que se fijan en el Real Decreto 472/2014, de 13 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2014-2015, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas y en esta convocatoria.

?- Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español que se enumeran en el apartado Solicitantes.?

- Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Estos requisitos no serán exigibles para la obtención de la beca de matrícula.?

Tendrán la consideración de «familiares» el cónyuge o la pareja legal así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo menores de 21 años. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (los requisitos establecidos en este apartado deberán reunirse a 31 de diciembre de 2013).

Asimismo, para poder solicitar este tipo de ayudas, se han de cumplir una serie de requisitos económicos que se detallan a continuación:

1. Para la concesión de las becas que se convocan por esta resolución, se seguirá el procedimiento y se aplicarán los umbrales de renta y patrimonio familiares.?umbrales de renta y patrimonio familiares

2. La renta familiar a efectos de beca se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas según se indica en los apartados siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. A efectos de las becas y ayudas al estudio del curso 2014-2015, se computará el ejercicio 2013.?

3. Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:

?a) Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo todos los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2009 a 2012 y el saldo neto negativo de rendimientos del capital mobiliario de 2009, 2010, 2011 y 2012 a integrar en la base imponible del ahorro.

?b) De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.?Para ello se establecen unos umbrales o límites de renta. La cuantía de la beca se establecerá según el umbral bajo el cual quede la renta.?

4. Para la determinación de la renta de los demás miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se seguirá el procedimiento descrito en la letra a) anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.?

5. La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a las administraciones educativas para obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de beca a través de otras administraciones públicas.??

Los miembros computables para este tipo de solicitudes de la Generalitat Valenciana serán:

1. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, son miembros computables de la familia el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso; el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2013 o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.?En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere y que convivan en el mismo domicilio.?

2. En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la beca.?Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador principal, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.?

3. En los supuestos en los que el solicitante de la beca sea un menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores. Cuando se trate de un mayor de edad tendrá la consideración de no integrado en la unidad familiar a estos efectos.?

4. En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia, por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia a que se refieren los apartados 1 y 2 anteriores.

?Tratándose de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar el que el alumno habita durante el curso escolar por lo que no procederá la concesión de la cuantía ligada a la residencia, al coincidir en estos casos la residencia del estudiante durante el curso con su domicilio familiar.??Para poder ser tenidas en cuenta las deducciones correspondientes, deberá acreditarse que las situaciones que dan derecho a la deducción concurrían a 31 de diciembre de 2013.

Así, hallada la renta familiar a efectos de beca según lo establecido anteriormente, se aplicarán las deducciones siguientes:

?a) El 50 por ciento de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales.

?b) 525,00 euros por cada hermano, incluido el solicitante, que conviva en el domicilio familiar, cuando se trate de familias numerosas de categoría general y 800,00 euros para familias numerosas de categoría especial, siempre que tenga derecho a este beneficio. La deducción aplicable al solicitante universitario será de 2.000,00 euros cuando éste se encuentre afectado de una discapacidad de grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento. Cuando sea el propio solicitante el titular de la familia numerosa, las cantidades señaladas serán computadas en relación con los hijos que la compongan.

?c) 1.811,00 euros por cada hermano o hijo del solicitante o el propio solicitante que esté afectado de discapacidad, legalmente calificada, de grado igual o superior al treinta y tres por ciento y 2.881,00 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al sesenta cinco por ciento. Cuando sea el propio solicitante universitario quien esté afectado por la discapacidad de grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento, la deducción aplicable a dicho solicitante será de 4.000,00 euros.

?d) 1.176,00 euros por cada hermano del solicitante o el propio solicitante menor de 25 años que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.

?e) El 20% de la renta familiar cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.??Las cuantías de las ayudas a las que se aspiran serán las siguientes:

?1. Cuantías fijas.

?a) Gratuidad de la matrícula: Comprenderá el precio público oficial de los servicios académicos universitarios correspondiente a los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2014-2015, en los términos previstos en el artículo 5 de esta resolución.

?b) Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.500,00 euros.?

c) Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.500,00 euros.?

d) Beca básica: 200,00 euros.

?2. Cuantía variable.

La beca podrá incluir, asimismo, una cuantíavariable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros.?

¿Cuál es el plazo para presentar la documentación correspondiente y solicitar las becas universitarias de la Generalitat Valenciana?

El plazo está abierto del 8 de agosto de 2014 al 15 de octubre de 2014, inclusive, para los estudiantes universitarios. Las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en los plazos indicados aunque dichos plazos no coincidan con el plazo de matrícula correspondiente. No obstante, podrán presentarse solicitudes de beca después de los plazos señalados y hasta el 31 de diciembre de 2014 en los siguientes casos:

- En caso de fallecimiento del sustentador principal de la familia, o por jubilación forzosa del mismo que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria ocurridos después de transcurrido dicho plazo.

?- En caso de estudiantes cuya situación económica familiar se vea gravemente afectada por causa excepcional sobrevenida y debidamente justificada.

??En estos casos, las solicitudes se presentarán directamente en las comunidades autónomas o en las universidades en las que corresponda realizar los estudios para los que se solicita el beneficio y los órganos colegiados de selección atenderán, para la concesión o denegación de la beca solicitada, a la nueva situación económica familiar sobrevenida. Para que esta nueva situación económica familiar pueda ser tenida en cuenta, será preciso que el solicitante exponga y acredite documentalmente tanto la realidad de los hechos causantes de la situación como las características de la misma.??

Además de por el procedimiento previsto en el artículo anterior, podrán presentarse las solicitudes en los registros, oficinas de correos, oficinas consulares de España y en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

¿Qué documentación se debe presentar para optar a las becas de la Generalitat Valenciana?

1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a Trámites y servicios o en la dirección electrónica .??Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido y obtengan el resguardo de solicitud, que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que sea necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

??Asimismo, la firma por todos los miembros computables de la unidad familiar en el apartado correspondiente del formulario deberá realizarse por cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el párrafo anterior e implica que autorizan a las universidades y a las administraciones educativas a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, circunstancias personales, académicas y familiares así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca.??

2. A los efectos establecidos en los apartados anteriores y en los términos legalmente previstos, la firma electrónica tanto del interesado como de todos los miembros computables de su unidad familiar podrá efectuarse mediante la utilización de claves concertadas y/o la aportación de información conocida por ambas partes.

??3. Los solicitantes que tengan derecho a alguna de las deducciones en la renta familiar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de esta resolución, o quienes sean titulares o partícipes de las actividades económicas a que se refiere el artículo 18.4 deberán cumplimentar los datos correspondientes del modelo de solicitud.??Quienes aleguen independencia familiar y económica deberán justificar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual.??En cualquier momento del procedimiento, se podrá requerir la aportación de los documentos originales justificativos de las circunstancias alegadas.

??4. La presentación de la solicitud firmada por el solicitante y, en el caso de que sea menor de edad o no esté emancipado, por el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del solicitante implica que con dicha firma declaran bajo responsabilidad solidaria lo siguiente:

?- Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicitan beca.?- Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.

?- Que autorizan a las administraciones educativas a obtener, a través de las administraciones correspondientes, los datos necesarios para determinar su rendimiento académico y los datos necesarios de renta y patrimonio familiar a efectos de beca.?

- Que quedan enterados de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o reintegro de la beca.

?- Que tienen conocimiento de la incompatibilidad de estas becas y que, en caso de obtener otra beca o ayuda procedente de cualquier administración o entidad pública o privada, deberá comunicarlo a la universidad en la que están matriculados.?

- Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de esta convocatoria, manifiestan su voluntad de recibir notificaciones de forma telemática vía SMS certificados.

¿Cómo se tramitan las becas universitarias de la Generalitat Valenciana para el curso 2014-15? A continuación te detallamos los pasos a seguir:

- Presentación de la documentación.??

- Los órganos de selección examinarán las solicitudes presentadas para requerir al interesado en su caso, que subsane los eventuales defectos o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días contados desde la recepción del requerimiento, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.??

- Dichos órganos comprobarán, asimismo, si las solicitudes presentadas cumplen los requisitos generales exigibles, cursando quincenalmente propuesta de denegación a los solicitantes que no los reúnan o acrediten. En esta propuesta de denegación se hará constar la causa que la motiva y se les informará de las alegaciones que puede formular.??

- En casos específicos, los órganos colegiados de selección de solicitudes de becas, podrán requerir los documentos complementarios que se estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a becas.

??- Los mencionados órganos de selección remitirán a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte quincenalmente y, en todo caso, antes del 30 de diciembre de 2014 y por cualquiera de las vías informáticas habilitadas al efecto, un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada de los solicitantes que reúnan los mencionados requisitos generales.

??- Los soportes informáticos a que se refiere el párrafo anterior contendrán los datos académicos necesarios para la comprobación de los requisitos correspondientes y se acompañarán de la correspondiente acta del órgano de selección que contendrá el informe anteriormente señalado, especificando sus datos identificativos así como los criterios de valoración seguidos para efectuarlo.??

- Con estas solicitudes, la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones comprobará el cumplimiento por parte de los solicitantes de los requisitos académicos que establece esta convocatoria y elaborará una base de datos que contrastará con la información sobre rentas y patrimonios que le faciliten las administraciones tributarias correspondientes a los efectos de determinar, asimismo, el cumplimiento de los requisitos económicos establecidos en la presente convocatoria.??

- De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que en el plazo de quince días aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que los aducidos por el interesado.??

- En el mismo plazo señalado en el apartado 4 de este artículo, las comunidades autónomas que hayan suscrito el convenio a que se refiere la disposición transitoria primera de esta resolución, comunicarán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el importe a que ascienden las becas adjudicadas.??

- Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse el estado de tramitación del expediente en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, que recogerá la situación de tramitación de las solicitudes en cada una de las universidades y administraciones educativas. Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la administración educativa o universidad correspondiente. El expediente se identificará por el nombre y el NIF/NIE del solicitante de la beca.??

- A la vista de la documentación aportada, el Secretario General de Universidades, por delegación de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, resolverá el procedimiento mediante resolución que deberá ser adoptada en un plazo no superior a dos meses desde la fecha señalada. Acto seguido, la mencionada resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado.??

- Los listados de becarios en cada curso serán públicos. A estos efectos, por resolución del Director General de Política Universitaria que será publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el tablón de edictos de la sede electrónica de Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se ordenará la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria incluyendo la relación de los solicitantes a quienes se concede la beca, en los tablones de anuncios y en la página web de las universidades y de las administraciones educativas correspondientes entendiéndose denegadas el resto de las solicitudes por el mismo motivo que consta en la propuesta de denegación.