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Los padres del niño adoptado en Sueca tienen que entregar el lunes al pequeño

La familia adoptiva pide auxilio judicial porque el menor «está en riesgo si vuelve con la madre biológica»

La familia de Sueca que tiene en acogida a un niño de 4 años reclamado por su madre biológica de Oviedo, María José Abeng, presentó ayer una demanda solicitando medidas en interés del menor en el juzgado número 7 de esta ciudad asturiana para paralizar la entrega del pequeño a su progenitora natural, porque según su abogado, el niño «estaría en peligro» si finalmente es devuelto a su progenitora ovetense.

Albert Bordes y Noelia Estornell tratan de agotar la vía judicial ordinaria, a contrarreloj, mientras esperan que el Tribunal Supremo dictamine de forma definitiva sobre el caso. No en vano, estos valencianos tienen que devolver el lunes a su hijo a la joven ovetense a la que la Audiencia Provincial ha fallado que se le conceda la patria potestad del pequeño.

Sin embargo, en el recurso presentado ayer por esta pareja se incluyen «nuevos hechos e informaciones» que el abogado de la familia adoptiva, Enrique Vila, entiende que pueden cambiar el criterio de la jueza de Oviedo que tiene que hacer cumplir la sentencia de la Audiencia.

En primer lugar, Vila comunica a la jueza que la Consejería de Bienestar Social de Asturias ha interpuesto una demanda de privación de la patria potestad contra Mª José Abeng, fundamentada entre otros aspectos en un informe recibido en esa administración con fecha del pasado 18 de julio.

A partir de la demanda de la Consejería, del informe y de unos testimonios de testigos cercanos a la madre biológica, el letrado Enrique Vila alerta a la jueza de Oviedo de que la madre biológica «sigue expuesta a situaciones de riesgo y maltrato», pues presuntamente «sigue con un estilo de vida nada aconsejable para el niño» y sometiéndose, supuestamente, «a la mala vida de su pareja». Por ello, señala Enrique Vila «mis mandantes, como acogedores, se ven en la obligación de instar de inmediato el auxilio judicial, mediante esta demanda, porque como acogedores y futuros padres adoptivos, no pueden permitir que el pequeño viva en una familia» no adecuada para la seguridad del niño y para su correcta educación.

La familia valenciana pide «auxilio judicial» porque existe un riesgo para la integridad del menor según viene especificado en el artículo 158, 2 y 4 del Código Civil, que determina que los jueces están facultados para adoptar «Las disposiciones apropiadas a fin de evitar a los hijos perturbaciones dañosas en los casos de cambio de titular de la potestad de guarda».

Además, el abogado de la familia acogedora recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial que da la razón a la joven ovetense está recurrida ante el Tribunal Supremo. Por los padres valencianos del pequeño pero también por el Gobierno del Principado de Asturias y por el Ministerio Fiscal, que consideran que lo mejor es que el menor continúe viviendo en Sueca con su actual núcleo familiar.

Por ende, el fallo de la Audiencia Provincial, es de marzo de 2016. Los magistrados de este alto tribunal y la magistrada de la sala número 7 de Oviedo que tiene que ejecutarlo, no conocían en ese momento ni la demanda de privación de la patria potestad ni el informe recibido en Bienestar Social sobre la madre biológica. Luego no los pudieron tener en cuenta a la hora de decidir sobre el futuro del chaval.

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