El Consell Jurídic Consultiu ha desestimado la revisión de este concurso-oposición argumentando que el ejercicio de esta potestad está sujeta a unos límites por motivos de «equidad y en razón del tiempo transcurrido» y recuerda los ocho años que han pasado en este caso. El CJC señala que, de declararse la nulidad, tanto los intereses legítimos del actual funcionario «como los derechos de terceros y de la propia administración implicada podrían verse afectados». p. f. alzira