La nueva ordenanza reguladora de estos locales juveniles de ocio, que entra hoy en vigor, comienza con la definición de casal -«cualquier local siuado en el núcleo ubano, sin uso específico, que sirve como punto de reunión o encuentro, principalmente con fines de ocio, culturales, recreativos o gastronómicos- y desarrolla las posibles sanciones que se pueden derivar por el incumplimiento de la normativa. Las infracciones pueden ser declaradas leves, graves o muy graves. Las leves acarrearán multas de entre 100 y 750 euros, de 750 a 1.500 las graves y de hasta 3.000 euros las muy graves.
La ordenanza contempla que se aplicarán sanciones de grado medio, salvo que concurran atenuantes que aconsejen una rebaja o, agravantes, que conduzcan a imponer multas más severas. p. f. alzira