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Más de 270 vecinos se niegan a pagar el canon de saneamiento en Montserrat

? Presentarán demandas administrativas al considerar que durante veinte años se les cobra pese a no tener disponer de alcantarillado en las urbanizaciones ? La Justicia da la razón a un afectado

Más de 270 vecinos se niegan a pagar el canon de saneamiento en Montserrat

Un grupo de vecinos de Montserrat se ha hartado de pagar por un servicio que no reciben. Más de 270 residentes de las urbanizaciones y colonias de la localidad presentarán otras tantas demandas contra la Empresa Pública de Aguas Residuales (EPSAR) al considerar que no deben abonar el canon de saneamiento ya que, según explican, carecen de un sistema de alcantarillado. Como precedente, se amparan en una sentencia judicial que da la razón a uno de los afectados, que decidió emprender acciones legales por su cuenta. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de València eximió, hace apenas un año, al propietario de una vivienda en la colonia de Monte Rosado de pagar por dicha prestación y obligaba a la administración autonómica a hacerse cargo de las costas y a devolverle al demandante las cantidades abonadas más sus intereses legales.

Ese precedente favorable es el que ha servido para que se cree una plataforma de acción ciudadana que agrupa a unos 275 vecinos de 22 colonias y dos urbanizaciones de Montserrat a buscar en la Justicia una solución al problema que les acompaña, según afirman, desde hace dos décadas.

«Llevamos más de veinte años pagando y en los últimos diez apenas se han llevado actuaciones en las zonas donde vivimos, el ayuntamiento nos tiene olvidados», afirma el promotor de la plataforma y añade: «Pagamos el IBI como el resto de vecinos, todos los impuestos, se llevan cerca de medio millón de euros en tributos por nuestra parte, no nos prestan atención y además pagamos por un servicio que ni siquiera tenemos», sentencia.

En la mayoría de los casos, las viviendas cuentan con pozos ciegos o fosas sépticas que los propietarios vacían cada cierto tiempo. No obstante, ellos son conscientes de que dicha situación supone un problema medioambiental, ya que las aguas residuales de las urbanizaciones y los inmuebles diseminados acaban, en muchas ocasiones, filtradas en los acuíferos.

Base legal

El caso favorable al que hacen referencia los vecinos aplica una argumentación que pretenden hacer suya para que no se le aplique el canon de saneamiento. La afirmación no es otra que si el sistema de recogida de aguas residuales que utilizan es el de fosas sépticas o similares, no procede el cobro de dicho impuesto. Para ello, se ampara en el artículo 20 de la Ley 2/1992, de 29 de marzo, del Gobierno Valenciano.

El auto acepta los argumentos del demandante al contar con pruebas suficientes de que las aguas residuales que produce no se vierten en ninguna estación pública de evacuación, tratamiento y/o depuración.

Finalmente, la magistrada reconoce el derecho de dicho vecino que que se le dé de baja el canon de saneamiento y condena a la administración a devolver las cantidades abonadas por dicho concepto hasta la fecha en que se produzca dicha baja y suma, además, las costas y un impuesto. Asimismo, indica que no se puede interponer recurso alguno contra la sentencia, lo que la convierte en definitiva y en el espejo en el que mirarse del resto de vecinos que padecen la misma situación.

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