El congreso también abordó la revisión del artículo 94 del reglamento que regula la indumentaria fallera. La comisión de l'Alquerieta presentó una enmienda en la que se pedía a la Junta Local Fallera que se incluyera de forma expresa la prohibición "de utilizar prendas que no sean acordes a la vestimenta tradicional expresa en los apartados 95 y 96. Además, no se permitirá la utilización de prendas masculinas por falleras, ni femeninas por falleros en actos oficiales, con independencia del cargo que ocupen". Los congresistas no dudaron en incluir esta proposición al no haber ningún punto en el que se recogiera este tipo de disposición.

Actualmente, en el ordenamiento de Alzira se recogía que todas las personas que participaran en los actos, festejos y pasacalles solemnes organizados por las comisiones de la ciudad debían ir con el atuendo reglamentario admitido como oficial. Asimismo, también está escrito que de cara a no desvirtuar ni faltar el respeto a la propia tradición folklórica, la gente tenderá a ser lo más fiel posible respecto a la autenticidad de reproducir la vestimenta de la época correspondiente tanto en los modelos femeninos como masculinos, evitando accesorios que no correspondan en el tiempo y lugar.

Entre los trajes de hombre están el de torrentí, saragüell y el compuesto por pantalón largo rallado, camisa de seda, chaleco, faja y zapatos con calcetines negros o alpargatas. En cuanto a las mujeres, deben lucir el traje de gala de agricultora valenciana, con tres peinados o el traje del siglo XVII o XVIII o el de verano.

"Por el momento no se había dado el caso pero era necesario reglamentarlo. La propuesta era interesante y si quedaba escrito, nos evitábamos que la gente se pudiera disfrazar en actos oficiales. Principalmente, nos evitamos una falta de respeto para la gente a la que nos gusta las fallas", explicó la vicepresidenta de la JLF, Carmen Martí.

En esta discusión también se analizó el caso de que una persona transexual pasara a formar parte de una comisión, por lo que se decidió que dependiendo de su inscripción en el censo de la falla, podría vestir de una manera o de otra.

No obstante, todas las obligaciones respecto al uso del atuendo fallero podrán anularse por decisión de la JLF en caso de que la meteorología no acompañe o haya un desastre natural que impida el desarrollo habitual.