Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Vva. de Castellón obligada a indemnizar y readmitir a un agente cesado ilegalmente

? El juez condena al ayuntamiento a pagar a un policía interino ? El consistorio no aportó informes

El Ayuntamiento de Villanueva de Castellón ha sido condenado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo N.º 10 de València a readmitir en el puesto e indemnizar a Alberto G., un agente interino de la Policía Local que fue cesado de manera irregular. La alegación central del afectado «consistía en que no había una causa legal de cese en su puesto, habiéndose contratado más policías interinos durante y con posterioridad al despido», recoge la sentencia. Además, su salida se produjo «sin respetar los motivos que dieron pie a su nombramiento, que eran la comisión de servicios de tres compañeros, apertura de expediente disciplinario a otro, una baja y los turnos de vacaciones».

El consistorio señaló que la contratación del funcionario se realizó para cubrir la falta de personal durante el periodo de vacaciones aunque en mayo y sin informe alguno, se le comunicó que no seguiría para, acto seguido, rectificar y prorrogar todo el verano. Finalizado el mencionado plazo, pese a recuperar efectivos con la reincorporación de algunos miembros, el demandante no fue destituido y mientras se decidía si continuaba o no en la plantilla, «el consistorio procedió a realizar una bolsa con urgencia para cubrir la especiales necesidades del servicio, lo que dejaba en entredicho el cese de Alberto G.», aseguran fuentes del Sindicato de Policías Locales y Bomberos (SPPLB).

En estas condiciones, el juez apunta que «el acto de cese está huérfano de motivación, no constando en el mismo siquiera el detalle del total de efectivos existentes y la justificación de que los mismos cubran el servicio de forma suficiente como para ya no requerir el refuerzo prestado por el demandante».

Castigo pese al aviso

Así pues, el Ayuntamiento de Villanueva de Castellón tendrá que hacer frente al pago de las costas procesales, así como a la indemnización del recurrente en los salarios dejados de percibir desde septiembre de 2016 hasta hoy. «En definitiva, es sin duda posible que los servicios del demandante no sean necesarios a fecha 5 de septiembre de 2016, pero desde luego ello no ha quedado justificado debidamente en el expediente ni tampoco en el acto impugnado, por lo que procede la estimación del recurso y declaración del derecho del actor al puesto citado y retribuciones correspondientes desde su cese en dicha fecha hasta la actualidad», indica el fallo.

Desde la organización SPPLB sostienen que «sobre las personas que provocaron esta situación no recae responsabilidad alguna, pero fueron advertidos de que el despido se estaba llevando a cabo de manera ilegal», sentenciaron.

Así pues, Alberto G. volverá a formar parte del cuerpo de la Policía Local de Villanueva de Castellón después de que el juez haya estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el consistorio, declarándola no ajustada a derecho y anulándola, reconociendo el derecho del actor a permanecer en el puesto ocupado hasta el día de su cese, y con abono de las retribuciones correspondientes desde que salió del cuerpo de las fuerzas del orden hasta la actualidad. Sin expresa imposición de las costas procesales causadas.

Compartir el artículo

stats