Oliva cuenta ya con una Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones a los Deportistas de Élite no Profesionales. Su finalidad es «colaborar económicamente con las/los deportistas de élite de Oliva en la financiación de los programas de entrenamiento y competición para alcanzar sus objetivos».

La ordenanza será de aplicación a las solicitudes de subvención presentadas para las programaciones deportivas a realizar en la temporada deportiva entre el 1 de julio del año anterior al de la convocatoria al 30 de junio del año en curso, con cargo a los presupuestos de ese mismo año.

No obstante, en caso de que se funcione por año natural, previa solicitud suficientemente justificada, el periodo temporal de las ayudas podrá referirse al año completo de la convocatoria.

Las subvenciones que se otorguen se financiarán con cargo a la línea de subvención establecida al efecto en la aplicación presupuestaria correspondiente al área de Deportes del presupuesto vigente al año de la convocatoria, quedando condicionadas todas las actuaciones a la vigencia de éste. Una vez agotado el crédito disponible no se concederán más subvenciones, aún reuniendo los solicitantes la totalidad de los requisitos exigidos para su obtención, salvo que por el órgano competente se proceda a ampliar el crédito de la línea de subvención.

En el caso de que las cuantías a subvencionar a los deportistas que reúnan los requisitos de la convocatoria y la hubiesen solicitado en tiempo y forma superase la consignación inicial, se distribuiría la cantidad disponible, equitativamente y de forma proporcional al resultado obtenido por la valoración objetiva en primera instancia.

Las subvenciones o ayudas se concederán hasta un máximo de 2.000 euros para cada deportista.

El importe de la ayudas no podrá exceder el 100 % de lo presentado por el deportista en relación a las actividades y gastos financiables. La subvención concedida por el ayuntamiento será compatible con la percepción de otras subvenciones o ayudas públicas o privadas, siempre que la totalidad de subvenciones concedidas al beneficiario no supere el coste de la actividad global subvencionada, pero será incompatible con la percepción de otras subvenciones municipales para las mismas actividades.

Podrán obtener la condición de beneficiario las/os deportistas que sean mayor de 14 años ó ser deportista de élite de la Comunidad Valenciana en el año de la convocatoria. Han de ser residentes y empadronados en Oliva al menos un año cumplido, estar en posesión de la licencia federativa o escolar en vigor de la modalidad deportiva correspondiente. Será el Departamento de Deportes mediante la comisión técnica de evaluación, quien valorará las situaciones excepcionales.

Se establece un baremo de puntos para acceder a la subvenciones, que van desde los 6 por ser campeón olímpico a los 3 por ser campeón de España o ser convocado por la selección nacional.

El atleta Juanra Pous, plusmarquista mundial, campeón de España, de Europa y del Mundo, es un claro ejemplo de deportista que podrá solicitar la subvención.