El Ayuntamiento de Gandia ha recibido un total de 659 solicitudes relativas a la convocatoria de ayudas al alquiler de vivienda para el ejercicio 2017 reguladas, una convocatoria puesta en marcha por la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del territorio.

Este año las ayudas se han tramitado de forma telemática, proporcionando el Ayuntamiento y su Oficina de Vivienda la información y el material informático necesario a los interesados en la tramitación.

La línea de financiación de estas ayudas habilitada por la Generalitat Valenciana asciende a un global de 8,5 millones de euros. Las ayudas permiten a los arrendatarios que cumplan con los requisitos de la convocatoria obtener hasta un 50 % del precio del alquiler entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.

Desde el consistorio informan que tendrán preferencia en su adjudicación las personas afectadas por desahucios o ejecuciones hipotecarias, familias monoparentales, personas con diversidad funcional, víctimas de violencia de género, jóvenes ex tutelados, personas inscritas en el Registro de demandantes de vivienda social y personas a los que se le hubiera reconocido la Renta Garantizada de Ciudadanía.

El listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en unos días y dará un plazo de 10 días para resolver posibles defectos.

El plazo máximo para resolver y publicar las subvenciones es de seis meses.

Por otra parte, hasta el 10 de julio de 2017, la Conselleria de Vivienda mantiene abierta la convocatoria de ayudas para impulsar la implantación y generalización del Informe de Evaluación del Edificio (IEE), lo que se conoce como la «ITV de los edificios».

Se trata de un informe que detalla los aspectos relacionados con el estado de conservación del edificio, la determinación de si el edificio es susceptible de incorporar ajustes razonables en materia de accesibilidad o no así como el evaluación de la eficiencia energética del edificio. Este informe es requisito imprescindible para la tramitación y obtención de ayudas a la rehabilitación edificatoria y es obligado para aquellas construcciones que cuenten con más de cincuenta años de antigüedad.