La Audiencia Nacional ha rechazado indemnizar a tres trabajadores de la oficina del banco Santander del paseo de les Germanies de Gandia que en febrero de 2012 resultaron heridos graves al sufrir el ataque, con un cuchillo de grandes dimensiones, de un cliente al que negaron la retirada de dinero.

Los tres afectados presentaron un recurso contencioso administrativo en 2014 contra el Ministerio de Justicia al considerar que su atacante debía estar en prisión provisional en el momento en que ocurrieron los hechos, porque un mes y medio antes había apuñalado a un vecino de su casa del Grau que le recriminó que estaba ocasionando ruido.

Según se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso Levante-EMV, los denunciantes argumentan que, debido a la decisión del juzgado de primera instancia número 3 de Gandia de dejar en libertad a Claudio F. L. tras aquel primer hecho (enero de 2012), «no se pudo evitar la comisión del delito del que fueron víctimas».

En concreto, los demandantes son el director, la subdirectora y el promotor de negocios de la sucursal bancaria, a quienes causó graves daños clavándoles el cuchillo y que reclamaban 71.173 euros en indemnizaciones al Estado.

El recurso contencioso administrativo se cursó después de que los mismos afectados presentaran una reclamación al Ministerio de Justicia que fue desestimada por silencio administrativo. En este nuevo procedimiento, la Audiencia Nacional tampoco ha aceptado la petición de los demandantes al considerar que «la actuación administrativa por parte del Estado, desestimando su pretensión, es ajustada a derecho», según recoge el escrito judicial.

En la argumentación, la audiencia explica, por una parte, que el concepto de «anormalidad de la administración de Justicia» es «indeterminado jurídicamente» y que, por lo tanto, esta figura no es el cauce adecuado para reclamar la indemnización que solicitan los trabajadores.

En todo caso, prosigue la sentencia, la demanda debería dirigirse hacia un posible «error judicial». En este caso apunta que este debería ser reconocido por un juez y que, además, el hecho en el que, según denuncian, no se dictó la prisión provisional, los afectados «no fueron parte» y no tiene más relación con el que sufrieron ellos que el hecho de que lo provocara la misma persona. Esta decisión de la Audiencia Nacional es recurrible.

El suceso

El 22 de febrero del año 2012, Claudio F. L. entró en la sucursal del banco Santander ubicada en el paseo de les Germanies de Gandia. Preguntó por la subdirectora y se acercó hasta donde ella se encontraba, le pidió dinero de una cuenta para la que no tenía acceso y, al negarse esta a entregárselo, le asestó una puñalada en el abdomen. Fue la herida más grave.

El director, que acudió en defensa de la mujer, recibió otra puñalada en el abdomen, aunque más superficial, mientras que el tercer empleado recibió cortes en el brazo al intentar protegerse del ataque. El hombre fue acusado por tres delitos de homicidio en grado de tentativa.