El proceso para la adjudicación del contrato de recogida de animales de la vía pública se llevó a cabo de forma correcta. Lo acaba de decir la justicia, que ha desestimado el recurso contencioso administrativo que presentó la Sociedad Protectora de Animales y Medio Ambiente de la Safor (Spama) contra el consistorio por la adjudicación para la gestión de este servicio a Seproanimal-El Corralet hace ahora un año.

Spama, que fue la encargada de la recogida de perros, gatos y demás animales en la ciudad durante años mediante la fórmula del convenio con el ayuntamiento consideraba, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, que la definición del objeto del contrato (la recogida de animales) no coincidía en las prescripciones técnicas y en el pliego de condiciones administrativas.

El fallo judicial del juzgado contencioso administrativo número 6 de València, inadmite el recurso porque considera que Spama, pese a tener legitimación para alegar contra el procedimiento de contratación de El Corralet por ser un colectivo que vela por el bienestar de los animales, presenta el recurso argumentando errores administrativos en la documentación.

En una larga explicación, el magistrado que dicta el fallo, señala que el hecho de que existan esos fallos de concordancia en la documentación no conlleva que el trato a los animales por parte de la empresa que finalmente resultó adjudicataria vaya a ser malo.

La sentencia, además, condena a la entidad a hacerse cargo de las costas del procedimiento.

Spama, como publicó este periódico en su día, decidió no participar en el proceso de adjudicación al considerar que no alcanzaban los requisitos que marcaban los pliegos.

Tras un año, el ayuntamiento ha decidido no prorrogar al Corralet y ha abierto un nuevo proceso de adjudicación.