Levante-EMV, Valencia
La Sindicatura de Comptes, el órgano fiscalizador de la Generalitat, censuró gravemente el procedimiento de contratación de la empresa que gestiona la bolsa de vivienda de la Agencia Valenciana de Alquiler en la provincia de Valencia, bajo la supervisión del Instituto Valenciano de Vivienda (Ivvsa). Como publicó este periódico, Dervec Gestión Integral del Hábitat SL lleva más de cuatro años gestionando este servicio, una contrata que obtuvo en noviembre de 2003, al resultar adjudicataria del concurso, cuyo plaza de ejecución era de 12 meses. El año se ha convertido en más de cuatro gracias a una addenda aprobada cuatro meses después de la adjudicación, en marzo de 2004, que elevó un 58% el coste del servicio (hasta los 765.000 euros anuales), y a las dos "prórrogas tácitas" que, según la conselleria, estaban prevista en el pliego.
Contrato, addenda de un año y las prórrogas de dos años acabaron en diciembre de 2007. Desde entonces, la conselleria prorroga mes a mes la contrata ya que va a sacar -más de cuatro años después- un nuevo concurso, uno para cada una de las tres provincias. La convocatoria se ha remitido ya al DOCV.
En el informe de auditoría correspondiente a 2003, la Sindicatura de Comptes ya propinaba un severo varapalo. En concreto, explica que en el concurso (por 510.000 euros) "las bajas sobre el tipo de licitación se califican hasta con el 40% del total de puntuación". "No obstante -añade-, hay que señalar que dicho porcentaje se alcanza con una simple baja del 5% del presupuesto de licitación, lo que en la práctica impide la existencia de ofertas económicas inferiores". Curiosamente, el 5% fue la baja que planteó la adjudicataria, Dervec, ya que se llevó la contrata por 485.000 euros. Con un 5% de reducción del precio, obtenía ya el 40% de la puntuación. Lo sorprendente es que en la addenda citada se disparó el precio del contrato un 58% (los citados 765.000 euros). De este modo, el procedimiento y las previsiones de bajas quedaron sin sentido.
Por otra parte, el Síndic señala que "también se valoran hasta con el 40% una serie de factores de carácter técnico, entre los que se incluye la experiencia en materia de gestión de servicios para la Administración pública, que entendemos que, más que como factor a valorar, debería haber sido incluido, en su caso, como requisito para optar a la admisión".
Pero la censura más dura la realiza en el informe de 2004, al examinar la addenda al contrato. Según el Síndic, "el instituto debería haber justificado adecuadamente en el expediente las causas que han determinado una modificación contractual de tanta trascendencia, de acuerdo con los principios que inspiran lo dispuesto en el artículo 101 de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas". Según la conselleria, la ampliación respondió a la buena acogida del servicio y la conveniencia de ampliar la atención a los usuarios.
"Desnaturalizar" el concurso
En cambio, el Síndic recalca: "La circunstancia de que en un periodo de cuatro meses, el que media entre la adjudicación del contrato y su modificación, se realice una modificación tan sustancial del importe, objeto y plazo del contrato, está poniendo de manifiesto que nos encontramos ante un nuevo contrato que debería haberse adjudicado mediante un procedimiento que garantizara los principios de publicidad y concurrencia".
Y remata: "El procedimiento seguido por el Ivvsa supone una desnaturalización del concurso por el que se había adjudicado el contrato y, en la medida en que no se ha justificado adecuadamente, supone una actuación realizada al margen de los principios que inspiran la normativa de contratos de las Administraciones Públicas". El truco es que el Ivvsa, pese a ser 100% público, es una SA, con lo que no le era de aplicación la Ley de Contratos, con excepción de la obligación de mantener la publicidad y transparencia pero sin imponer un procedimiento.