MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ BARONA
Vaya por delante que deseo más que nadie que el Valencia CF como club de mis amores desde niño, genere los ingresos suficientes para resolver el entuerto provocado por la contabilidad virtual de los 6 millones de euros del patrocinador cuyo objeto social nadie conoce. Ahora bien, ello no implica que no pueda expresar que, si finalmente es Unibet, aunque ya no sea ni silver ni premium, pero si en un lateral de la camiseta, esta empresa carece de autorización administrativa para operar en Valencia, en la Comunidad Valenciana y en España. Y si no puede operar como empresa de juego, eso quiere decir que está prohibida tanto su actividad como la publicidad misma. Pese a ello, destina grandes sumas de dinero a promocionarse y fidelizar a sus clientes con ofertas, sin tener ningún control sobre el acceso de menores a sus webs. (Hay varios recursos interpuestos por una Federación nacional, todavía pendientes de resolver por entender que le es de aplicación el régimen sancionador para las infracciones de contrabando en España reguladas por la Ley.
En contraposto, las empresas del sector del juego privado que pagan religiosamente sus impuestos, generan riqueza y empleo y están exhaustivamente reguladas, tienen prohibida la publicidad como regla general o se requiere siempre autorización previa. Por tanto, no es que sea alegal por el vacío legal como manifiesta la portavoz de AEDAPI (Asociación de jugadores de Apuestas por Internet que más bien debería ser de empresas como la RGA), Laura Guillot (ex Secretaria adjunta de Aemar con Miguel Durán), sino que es plenamente ilegal tanto su actividad como su publicitación en medios de comunicación, la publicidad on line, y la off line, la publicidad estática en las camisetas, el campo, paneles traseros en la sala de prensaÉ que es finalmente la que se ha contratado por 2´2 millones durante dos años más un millón y medio por aparecer su nombre en el lateral de la camiseta.
La situación es de sobra conocida por Juan Pablo Barrachina (sobrino de Jesús) como representante y Director de Unibet y Presidente de AEDAPI, que sabe que no es de momento una actividad legal en nuestro país, aunque disponga de autorización en Reino Unido y en Malta -la mayoría de casas de apuestas están radicadas en paraísos fiscales como Gibraltar, Bahamas- y que no paga ni un euro de impuestos en nuestra Autonomía ni en España, pese a poder acceder a su web desde cualquier punto del territorio estatal. Tampoco pueden, en puridad, publicitarse, al carecer de autorización tanto para operar apuestas deportivas como juegos no presenciales como poker, casinos, bingos y slots machines on line, que es realmente la actividad más productiva de estas casas de apuestas por Internet al estar linkadas a otras webs y ello por mucho que la Comisión de la UE requiera a ciertos países como Francia, Alemania o el nuestro propio, a fin de cesar en sus actuaciones, por entender que se está vulnerando la libre prestación de servicios y además manteniendo regímenes monopolísticos en loterías estatales como la LAE en nuestro país, sin que ello les haya supuesto que no le sigan imponiendo sanciones administrativas al R. Madrid por publicitar a Bwin o al Sevilla cuando juegan competiciones europeas, ya que prefieren pagar sanciones en Francia o Alemania que tener que quitar la publicidad de las camisetas. Valga como ejemplo, que un ex Director General de Juego, me confesaba que cómo iban a actuar contra Bwin -antes de su solicitud de inscripción en el Registro de empresas autorizadas- y contra el R. Madrid, con la cantidad de socios simpatizantes que tiene repartidos por todo el mundo y menos como es lógico en períodos electorales, por lo impopular que hubiera sido la medida.
Por último, esto es meramente un aviso para navegantes en un artículo de opinión a título particular, no como Secretario General de una Asociación Empresarial muy representativa del sector del Juego Privado. Ya que en su caso, lo procedente, si así se decidiese por las Juntas o Asambleas de las Asociaciones o empresas correspondientes que se sintieran afectadas, sería cursar las acciones pertinentes de cesación de la publicidad ante el órgano autonómico competente en materia de juego, que precisamente estaba trabajando en el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Valenciana, Decreto que a priori no iba a entrar a regular el juego on line. Como aficionado valencianista, y puestos a infringir la legalidad vigente, al menos deberían haber pagado al Valencia 12 ó 15 millones de euros, como abona Bwin al Milan o al R. Madrid (60 millones hasta el 2010-2011). Hay que reconocer que el Barça en este punto, actuó con seny cuando renunció a Bwin y paga a Unicef un millón y medio de euros por llevar su nombre en sus camisetas, o bien que estuvo mejor asesorado jurídicamente ya que la Ley de Publicidad de 1998, modificada en el 2002, en su art. 8 establece la necesidad de autorización administrativa previa para la publicidad de juegos de azar). Yo aconsejaría al Valencia C.F. que se esperara al 2010-2011 que será cuando previsiblemente, el Estado de Iimpulso a la Sociedad de la Información, y coordinadamente a nivel tributario con las CCAA regule el juego interactivo.
*Miguel Angel González Barona es abogado y Profesor de Derecho Mercantil (Grupos Sociedades) del Colegio de Abogados de Valencia.