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Trabajo expedienta a RTVV por "infracción grave" e incumplir la ley al abusar del contrato temporal

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La Inspección aconseja a 90 trabajadores ir al Juzgado de lo Social para pasar a indefinidos y ve excesivo que el 50% de la plantilla sea eventual. Canal 9 alega que es propio de la producción audiovisual

Francesc Arabí, Valencia
Toda la falta de pluralidad que se le achaca a Televisió Valenciana en su línea informativa y que, de forma recurrente, provoca la ira en los partidos de la oposición, la luce en su política laboral. En RTVV y sus sociedades, Canal 9 y Ràdio 9, existen contratos temporales por circunstancias de la producción, por circunstancias de la producción a tiempo parcial, interinos, interinos en proceso de selección, interinos a tiempo parcial, contratos de obra, de obra a tiempo parcial, contratos verbales, indefinidos y personal fijo de plantilla. Aproximadamente la mitad de los trabajadores de la empresa (sólo la plantilla alcanza los 1.317 empleados) prestan servicios en virtud de acuerdos eventuales. Y al Ministerio de Trabajo no le hace ninguna gracia.
Los servicios de Inspección han abierto dos expedientes por "infracción grave" a Canal 9 y Ràdio 9 como consecuencia de una denuncia que presentó Comisiones Obreras (CC OO) en RTVV. El sindicato exigía que unos 180 trabajadores pasaran a indefinidos en aplicación de la Reforma Laboral de junio de ese año (ley 43/2006). La norma establecía que todos aquellos empleados que acumularan un mínimo de 24 meses trabajados en la empresa de los últimos 30 (a fecha de publicación de la ley) tenían que consolidar su puesto de trabajo. La denuncia sindical se interpuso en noviembre de ese 2006 y casi un año después RTVV accedió a aplicar la llamada Ley Caldera a 93 empleados. La resolución de Trabajo se produce ahora a cuenta de otros tantos trabajadores que, según CCOO, son susceptibles de beneficiarse de aquella reforma, pero tiene una lectura de mayor alcance por cuanto cuestiona la práctica de tirar de contratos temporales para cubrir las necesidades habituales de la empresa.
La Inspección acusa a Canal 9 y Ràdio 9 de "incurrir en el incumplimiento de diversos preceptos legales y reglamentarios en materia de contratación laboral (...) incurriendo en abuso de derecho, así como en fraude de ley (...) en modalidades de contratación temporal". Inspección cuestiona a la radio y televisión públicas por hacer un uso torticero de la ley al "encadenar" sucesivos contratos temporales "para dar cobertura a relaciones laborales que tienen naturaleza permanente en el tiempo y que responden a necesidades perdurables y, por ende, de carácter estructural". Esta práctica "como recurso continuado durante el transcurso de los años" ha dado lugar a una "temporalidad en el plantilla, inadecuadamente dimensionada, superior al 50% del conjunto del total de trabajadores". En los dos últimos ejercicios (2006 y 2007) la televisión, la radio y el ente público han formalizado 7.392 contratos temporales. Hay personas que han acumulado decenas de ellos, puesto que existe hasta la modalidad de contrato verbal por un día.
RTVV aduce "indefensión"
Con todo, la Inspección admite que no es competente para "reconocer de oficio como fijos a esos trabajadores, a falta de reconocimiento expreso por la empresa". Eso sí, enseña el camino a casi el centenar de empleados cuyos derechos han sido avalados. "Los trabajadores afectados por estas situaciones deben acudir al Juzgado de lo Social competente para el reconocimiento de su derecho (bien a lo largo de su prestación de servicios en la empresa, o bien ante un eventual despido)". Invita incluso a "comunicar" al Juzgado "la existencia de actuaciones en esta Inspección con el fin de que éste nos solicite, si así lo estima oportuno, la remisión del expediente relativo al proceso".
Desde RTVV explicaron ayer que han presentado alegaciones al primero de los expedientes y lamentan la "indefensión" que han sufrido en todo el proceso porque sostienen que no se ha llamado a la empresa para que aportara sus razones. En ese escrito de respuesta, RTVV aduce que la contratación temporal responde a las circunstancias especiales de una empresa audiovisual. "Si un programa no tiene audiencia, se cae de la parrilla y sobra gente", apuntan como ejemplo.

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