Un 30% de los españoles está dispuesto a tener una relación sentimental en el trabajo, una proporción que sube hasta el 38% si se descarta a los jefes de entre los candidatos, según señala una encuesta elaborada por la empresa de recursos humanos Randstad.

Si se comparan los datos de este sondeo -elaborado a partir de 1.200 encuestas a personas en edad de trabajar- con el del año pasado, se aprecia un descenso de nueve puntos en esta percepción y de quince si se toma como referencia el de 2010.

De esta forma, cada vez hay menos gente dispuesta a tener una relación sentimental con un compañero de trabajo porque, según Randstad, la mezcla entre la esfera personal y la profesional todavía se sigue viendo con cierto recelo en algunas empresas.

Las mujeres (el 51%) se muestran algo más partidarias que los hombres (49%) a la hora de entablar una relación sentimental con un compañero del trabajo.

Pero donde hay más diferencias es en función de la edad: los jóvenes de entre 26 y 44 años (68%) son los que más entusiasmados se declaran a la hora de encontrar el amor en la oficina, mientras que los profesionales de mediana edad presentan un porcentaje del 23%.

Los menos partidarios son los mayores de 45 años (9%).

El nivel de formación también sugiere cambios a la hora de tomar una decisión de estas características: a mayor nivel de estudios (12%), menor intención de tener una relación sentimental en el trabajo.

La intención de tener una relación en los profesionales con una formación más baja sube hasta el 33% y en el personal con bachillerato o formación profesional hasta el 55%.

Todas estas pautas han permitido diseñar el perfil de la persona dispuesta a tener una relación sentimental en el trabajo: una mujer, de entre 26 y 44 años y con una formación educativa de nivel medio.

En España, las relaciones sentimentales en el trabajo no están reguladas por ley, al contrario que en otros países como Estados Unidos, y generalmente solo se encuentran sentencias judiciales que abogan por el derecho a la intimidad o por la resolución de problemas en materia de conflictos de intereses en las empresas.