T. DOMÍNGUEZ VALENCIA
Si el ente público valenciano no paga los 255.000 euros exigidos al padre y los 175.000 del otro acusado, ambos podrían acabar en prisión. Eso, en caso de que García y Blanco se refugiaran en la insolvencia para no afrontar las indemnizaciones. Ése es uno de los puntos en los que el tribunal no ha querido dejar pasar la oportunidad para poner los puntos sobre las íes.
Recuerdan los magistrados que "en su día se efectuaron colectas para financiar su curiosa forma de buscar la verdad", que "resulta cuestionable" que García fuese "un mero asalariado" en el "negocio familiar" de los colchones y que el padre intervino, no sólo en Canal 9, sino "también en otros medios de comunicación, en alguno de ellos con cierta asiduidad".
El tribunal dice también que los condenados "por afán crematístico, de notoriedad, de resentimiento o por cualquier otro tipo de ánimo ilegítimo" no dudaron en aparecer no sólo en TVV, sino también en otros medios "para poner de manifiesto las más descabelladas teorías sobre lo acontecido".
La sección cuarta tumba todos los argumentos de las defensas de García y Blanco -salvo la exención del pago al guardia civil que promovió la denuncia, ya fallecido, y cuyos herederos reclamarán por la vía civil porque un fallo de la Fiscalía los dejó fuera del proceso penal-. Y no sólo los tira por tierra, sino que aprovecha para recordarles, por ejemplo, que si la condena ha tardado trece años en llegar es, en buena medida, por la "obstaculización" del proceso causada por los propios acusados con "una actuación viciosa" derivada del "abuso de las partes de los recursos e incidentes", "llegando un momento que no se sabe bien qué es lo que pretenden".
En otro momento, el tribunal le recrimina a García que, "pese a actuar como acusador particular, es decir, acusar formalmente a Ricart, no duda luego, sin ninguna base, en manifestar públicamente que éste era una víctima inocente a la que bajo tortura se la había forzado a confesar el crimen".