La Audiencia de Valencia ha condenado a una mujer a tres meses de prisión, un año de alejamiento de su exmarido y a la prohibición de comunicarse con él durante este tiempo por abofetearle tras discutir e insultarle en un punto de encuentro familiar, donde se encontraban en presencia policial.

La sentencia de la Sección Segunda facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana confirma la dictada en el mismo sentido por el Juzgado Penal número 18 de Valencia, con sede en Torrent, que condena también a la procesada a una multa de 60 euros por las lesiones del hombre.

Según se declara probado, alrededor de las 20.00 horas del 18 de febrero de 2009 la acusada se encontraba con su expareja en un punto de encuentro familiar, donde, a raíz de una discusión, comenzó a insultarle y, en presencia policial, le abofeteó.

Debido a la agresión, el hombre sufrió un traumatismo timpánico que tardó en curar dos días.

El juzgado consideró a la mujer responsable de un delito de maltrato familiar, y le impuso una condena de tres meses de prisión, 60 euros de multa por las lesiones sufridas por su expareja y un año de alejamiento y de prohibición de comunicarse con ésta.

La procesada interpuso entonces un recurso de apelación alegando que es imposible que el hombre denunciara una lesión en la mejilla derecha cuando el bofetón se lo propinó con su mano derecha, con lo que la marca habría quedado en el lado izquierdo de la cara.

También denuncia que los policías nacionales que se encontraban en el momento de la agresión son amigos de su expareja, por lo que considera inadmisibles su testimonio en el juicio.

El tribunal concluye ahora que las meras sospechas de amistad por parte de uno de los agentes, habiendo declarado hasta cuatro en el juicio, resulta improcedente, y rechaza la descalificación de testimonio "con tanta ligereza" que hace la apelante.

Por otro lado, estima que ninguna posibilidad exculpatoria se deriva de la falta de intervención de los agentes ante la sorpresiva reacción de la mujer, tal y como ella pretendía, "ni resulta relevante la localización de las marcas del golpe ante la contundencia de las declaraciones testificales".