Era su primera entrevista de trabajo y probablemente nunca la olvidará. Una joven de 20 años que aspiraba en 2009 a trabajar en una clínica de fisioterapia de Alicante fue víctima de abusos sexuales por parte del responsable del establecimiento durante la mencionada entrevista.

Ahora, cuatro años después de ocurrir los hechos, un juzgado de Alicante acaba de dictar una sentencia en la que condena al fisioterapeuta a una pena de 21 meses de multa con cuota diaria de 10 euros -unos 6.300 euros- como autor de un delito de abusos sexuales. El magistrado ha rebajado la pena contemplada en el Código Penal para este delito al estimar que concurre en el caso la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a pesar de que no fue solicitada por la defensa, «salvo equivocación de este juzgador», según recoge la sentencia.

La joven acudió a una entrevista de trabajo a una clínica de fisioterapia de Alicante tras haber sido citada por su responsable, que tenía entonces 30 años. El puesto de trabajo era para asistir y ayudar al procesado en los masajes a clientes de la clínica y una vez llegó a la entrevista el acusado le indicó a la joven que «para conocer su aptitudes para el trabajo» tenían que realizar un «ejercicio práctico» para evaluar sus conocimientos en la materia.

De esta forma, indica la sentencia, el procesado consiguió que la joven accediera a desnudarse, quedándose solo con un tanga y una toalla. Estaba tumbada boca abajo y el procesado «comenzó a tocarle, con ánimo libidinoso, los pechos por los lados» y «llegando casi hasta los pezones».

A continuación, añade el fallo, le bajó el tanga y le acarició «sus glúteos hasta tocarle cerca del ano, realizándole también tocamientos lascivos en la zona de la ingle». Luego le pidió que se diera la vuelta y la joven, «mentalmente bloqueada por lo que estaba pasando y sin capacidad inmediata de reacción», accedió a ello, por lo que el procesado continuó con los masajes por la zona abdominal, bajó a la zona de la ingle y llegó a tocar a la joven en su «zona genital externa», precisa la sentencia.

A causa de estos hechos, señala el magistrado en el fallo, sufrió «trastorno por estrés agudo y un cuadro clínico compatible con un trastorno adaptativo del que le ha quedado sintomatología residual».

El procesado aseguró en su declaración que fue «un masaje estrictamente terapéutico» y que se lo propuso al decirle ella que nunca había trabajado en este ámbito.

La víctima sostuvo lo contrario, que se lo propuso el acusado, y dijo que estaba conmocionada y bloqueada sin saber cómo reaccionar. Asimismo, afirmó que luego le pidió que le hiciera a él un masaje y cuando empezó por la espalda el fisioterapeuta le dijo «que se lo hiciera en la zona de los glúteos».

En ese momento, según la víctima, sonó el timbre de la clínica varias veces y al final salió el acusado a abrir la puerta. Era la empleada de la limpieza, por lo que el responsable de la clínica le dijo a la joven que ya seguirían otro día. Se marchó a su casa, le contó lo sucedido a su novio y este se enfadó mucho y se fue con su hermano a la clínica para buscar al agresor y, tras golpearlo, avisó a la Policía.

El magistrado recoge en los fundamentos jurídicos de la sentencia que «la víctima es persistente en el relato de hechos», sin contradicciones. Además, destaca que los informes psicológicos revelan una «sintomatología» compatible con los hechos que la joven denuncia.