La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un año y seis meses de prisión a una secretaria de la Organización de Sindicatos de Actores y Actrices del Estado Español (OSAAEE) por un delito de estafa continuada de 105.245 euros, que transfirió a su cuenta, a las de sus padres y la de su pareja.

Según la sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), se le condena también a una multa de nueve meses a razón de seis euros diarios, y a indemnizar a esta organización y dos sindicatos de actores de Aragón y Baleares.

En concreto, deberá abonar un total de 105.245 euros de indemnización, de los que 9.654 euros corresponden al Sindicato de Actores y Actrices de Aragón, y 7.515 euros a la Asociación de Actores y Actrices Profesionales de las Islas Baleares.

Junto con la secretaria, también se condena a sus padres y a su pareja sentimental, a quienes transfirió parte del dinero estafado, como partícipes a título lucrativo, y deberán pagar una indemnización de 12.450 euros en el caso de su padre, 11.150 su madre, y 15.075 su pareja.

Según los hechos probados, desde el 5 de junio de 2009 al 4 de mayo de 2011, A.G.B., aprovechando su condición de secretaria administrativa en la OSAAEE, realizó vía internet operaciones y periódicas transferencias de la cuenta bancaria de la organización a su cuenta por valor de 93.296 euros.

Para ello, logró de otra persona autorización y las claves para operar en la cuenta de la organización a través a de una solicitud escrita y formada por ella misma, simulando la firma de la copresidenta de la OSAAEE.

Varias de esas transferencias las hizo a las cuentas bancarias de su pareja sentimental y de sus padres, a las que desvió 15.075 euros, 12.450 y 11.150, respectivamente.

Además, se puso en contacto con los secretarios de los sindicatos de actores de Aragón y Baleares para obtener de ellos diferentes sumas de dinero simulando la necesidad de pagos por adelantado de cursos que no realizaron o deuda pendientes correspondientes a cuotas de socios no satisfechas.

Contra la citada sentencia se puede presentar recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo, que de debe anunciar ante la Audiencia Provincia dentro de plazo de cinco días contados a partir del siguiente a la última notificación.