La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a quince años de prisión a un hombre acusado de violar durante años a su propia hijastra menor de edad y dejarla embarazada. Según considera probado la sentencia, los abusos sexuales comenzaron cuando la niña apenas tenía doce años de edad y se prolongaron con cierta frecuencia, «con relaciones sexuales completas», hasta que la víctima cumplió 18 años. El 19 de septiembre de 2014 la madre de la adolescente sorprendió a su pareja masturbándose junto a la cama en la que dormía la muchacha con su hijo de dos años al lado. En ese momento, ajena por completo a que el padre del niño de su hija era su propio marido, la mujer descubrió la pesadilla que durante todos esos años había estado viviendo su hija.

En un primer momento la víctima incluso trató de ocultar lo ocurrido por miedo, ya que su agresor la había amenazado con hacerle daño a su madre y a sus hermanos pequeños, según recoge la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia. Ésta sabía de lo que era capaz ya que el ahora condenado había agredido a su madre en repetidas ocasiones en presencia de la menor, según añade el juez. De hecho, Vicente N. A., de 45 años, ya había sido condenado en 2004, 2005 y 2013 por violencia contra la mujer, lesiones y malos tratos en el ámbito familiar, así como por un delito de amenazas en el año 2008.

En un municipio de l'Horta

Los abusos comenzaron cuando la menor tenía solo doce años. El ahora condenado aprovechaba las ausencias de la madre de la chica por motivos laborales para entrar en la habitación de ésta, en el domicilio familiar, situado en una localidad de l'Horta cuyo nombre omitimos para preservar el anonimato de la víctima. «Movido con la intención se satisfacer sus deseos lúbricos con la menor» el condenado la obligaba a masturbarle y le realizaba todo tipo de tocamientos. Dichos encuentros se repetían «con una frecuencia de una o dos veces por semana».

Ya con trece años se produjo la primera violación consumada, que el agresor reiteró «en numerosas ocasiones». Fruto de las mismas la adolescente se quedó embarazada y dio a luz a un niño en el año 2012, cuando contaba con 16 años. Durante el embarazo prosiguieron las agresiones, según considera probado la sentencia.

Además del testimonio incriminatorio de la víctima y de su madre, las pruebas periciales demostraron que el acusado era el padre del niño. No obstante el tribunal considera que no procede conceder una pensión alimentaria al menor, al no figurar todavía inscrito como hijo del condenado y que en pro del interés del mismo las cuestiones sobre la paternidad se deberían dirimir en un juzgado civil. En la vía penal condena a quince años de prisión al acusado por un delito continuado de agresión sexual. Asimismo deberá indemnizar a la víctima con 90.000 euros.