La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a nueve meses de cárcel por un delito de malos tratos, a su nueva compañera sentimental, al panadero de Requena que asesinó a su esposa de un disparo en el cuello en 1996. Si ya en el año 1999 logró saldar su condena de seis años de prisión por matar a su mujer con apenas tres años entre rejas, Julián G. C. vuelve a sacar partido de los resquicios del Código Penal para ver reducida la petición de pena del Ministerio Fiscal, que solicitaba once años de cárcel, a sólo nueve meses por un delito de maltrato en el ámbito familiar. Amparado en la presunción de inocencia, este asesino machista ha sido absuelto de los delitos de agresión sexual y maltrato habitual por los que también era acusado actualmente.

Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia han considerado en su fallo que «la simple declaración de la víctima no es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado» respecto a las agresiones sexuales que relata la mujer y los episodios de malos tratos, a excepción del ocurrido el 23 de mayo de 2013.

La atacó sin mediar palabra

Ese día, según ha quedado probado en la sentencia, el acusado, de 70 años, se encontró en una calle de Utiel a su víctima, con la que había mantenido una relación sentimental hasta 2008. «Sin mediar palabra la cogió del pelo y le dio una patada», detalla el juez.

Asimismo, cuando ésta le pidió volver a la casa que habían compartido tiempo atrás, éste le dijo textualmente: «Si te metes en la casa, le pego fuego contigo dentro, que me cuesta muy poco comprar gasolina y pegarle fuego». La víctima sufre desde entonces un trastorno por estrés postraumático.

El ahora condenado por malos tratos ya fue condenado en 1999 a seis años de prisión por el asesinato de su mujer, de los que apenas cumplió tres por los beneficios penitenciarios, al considerar un jurado popular que actuó en un «arrebato», tal y como adelantó en exclusiva Levante-EMV.