Un juzgado de lo Penal ha condenado a un residente de Polop por matar de un disparo vestido de Rambo al gato de su vecina, según el fallo al que ha tenido acceso este diario. La denuncia de la Guardia Civil indicaba que, cuando se produjeron los hechos, el acusado vestía ropa de camuflaje, llevaba un machete en la cintura y una carabina al hombro. El hombre decía que esa vestimenta militar era la que usaba para trabajar en el campo. El acusado ya había mantenido varios enfrentamientos anteriores con su vecina porque los gatos de ésta solían meterse en su parcela. La magistrada probado que el acusado disparó con la carabina al felino la tarde del 4 de mayo de 2014, causándole la muerte.

La sentencia, que no es firme y contra la cabe recurso ante la Audiencia Provincial, le impone tres meses de cárcel por un delito de maltrato animal y le inhabilita durante un año para tener cualquier trabajo relacionado con animales.

Los testigos, los vecinos dueños del gato fallecido, declararon en el juicio que estaban en su finca cuando oyeron la detonación y vieron al animal caer fulminado desde la valla al suelo al recibir un disparo. Por este motivo avisaron a la Guardia Civil que se desplazaron a la finca, ubicada en una partida de Polop de la Marina, y se entrevistaron con el acusado. La sentencia relata que la primera reacción de éste fue la de negar los hechos, aunque al final acabó reconociendo ser el autor del disparo mortal. El procesado tenía varias escopetas y era un tirador experto, que practicaba el tiro olímpico, según señala el fallo.

Finalmente, el acusado les contó a los agentes que los gatos invadían su finca y causaban daños, pero que su intención era asustar al felino con la carabina, nunca matarlo. En parecidos términos se expresó el procesado durante el juicio, aunque matizando que «fue un acto reflejo» y que lo hizo «sin causar sufrimiento alguno al animal». Esa ausencia de sufrimiento era uno de los argumentos que esgrimía su defensa para decir que no se le podía acusar de maltrato animal.

Estos planteamientos son desestimados por la magistrada en la sentencia. La juez considera que ha quedado probada la existencia de un auténtico maltrato animal injustificado, pues debe tenerse en cuenta que «el hecho de disparar a un animal que se encuentra en perfecto estado de salud, simplemente porque le resultaba molesto para su finca, evidencia un menosprecio hacia la vida de los animales, que conlleva por sí solo» la comisión de ese delito.

Muerte fulminante

Asimismo, la magistrada señala que los guardias civiles declararon en el juicio que la muerte del gato fue «fulminante» tras recibir un único disparo directo en el pecho. El hecho de que el acusado fuera un «tirador experto» con licencia de armas para el tiro olímpico apunta, a juicio de la juez, a que la intencionalidad de matar está acreditada. «Aún admitiendo su versión de que sólo quería asustarlo, como mínimo valoró la alta posibilidad de causarle la muerte, lo que no le hizo desistir de su conducta consciente y voluntaria», según argumenta el fallo.

Los propietarios del gato habían renunciado en el juicio a recibir indemnización, motivo por el que la juez no fija ninguna, aunque sí condena al acusado a pagar las costas del procedimiento. La defensa alegó que se aplicara una atenuante por dilaciones indebidas, una petición que se ha denegado por no haber concretado esta parte en qué periodos ha estado paralizada la causa.