El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha condenado a 14 años de prisión a un hombre que mató de dos tiros al novio de su hija en Requena, unos hechos que cometió por la perturbación que le producía la existencia de un peligro inminente en que se encontraba la vida de su hija.

El tribunal valenciano confirma así parcialmente la sentencia de la Audiencia de Valencia, dictada tras un veredicto de culpabilidad de un jurado popular, pero revoca la indemnización que el acusado debía pagar a la hermana de la víctima porque ésta no estaba personada en el procedimiento.

El fallo del TSJ, del 12 de septiembre, considera al hombre culpable de un delito de asesinato y aprecia las atenuantes de miedo insuperable y obcecación.

Los hechos sucedieron en diciembre de 2012 en Requena cuando el condenado fue a casa del novio de su hija, con el que tenía amistad, y nada más abrirle la puerta, le disparó dos veces con una escopeta, lo que le causó la muerte.

En su sentencia, la Audiencia de Valencia señaló que el acusado cometió los hechos por la perturbación que le producía la existencia de un peligro inminente en que se encontraba la vida de su hija y la suya propia por las amenazas de la víctima, y por la ofuscación que le producía el hecho de que la víctima mantuviera una relación sentimental con su hija.

El acusado presentó un recurso contra esa sentencia por quebrantamiento de las normas y garantías procesales en el procedimiento y en la sentencia que le causaron "indefensión", y por la infracción de preceptos constitucionales y legales.

Tanto el Ministerio fiscal como varios acusadores particulares solicitaron la desestimación del recurso.