Una agresión homófoba en plena calle a una transexual de 16 años, ocurrida la semana pasada en Vinaròs, se ha saldado en un juicio rápido con una simple multa por un delito leve de lesiones. Pese a que en la sentencia se considera probado que la agresora increpó a la menor con expresiones como: «Travesti de mierda, maricón, tienes vagina o pene», la jueza no contempla delito alguno en dichos improperios, con claro tinte homófobo, al ser «injurias de carácter leve, que carecen de relevancia penal al haber quedado destipificadas».

Los hechos ocurrieron el pasado 21 de noviembre cuando la joven agredida iba en compañía de una amiga por una calle de Vinaròs. «Nos encontramos con una mujer que lleva meses metiéndose conmigo por mi condición sexual, con mi forma de vestir, que si soy un maricón y si tengo pene o vagina», explica Marta, nombre ficticio para preservar el anonimato de la menor. «Cuando ya me iba me cogió del pelo y comenzó a pegarme, yo me defendí como pude», relata la víctima. Dos testigos de la agresión tuvieron que separar a la mujer, de unos 45 años, y a la menor, de 16.

«Tuve que refugiarme en una tienda porque le quitó el bastón a un señor mayor y venía a seguir pegándome», confiesa la joven, quien sufrió policontusiones, contusiones en la cabeza y lesiones cervicales, como así refleja el parte de lesiones. Esa misma tarde, acompañada de su abuela, presentó la pertinente denuncia. A su vez, la mujer condenada por agredirla ha presentado también una denuncia contra la menor.

Según figura probado en la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Vinaròs, la víctima se acercó a pedirle explicaciones por los insultos, tales como «travesti de mierda y maricón», que sufre desde hace meses cuando se encuentra por la calle con esta mujer. «En un momento dado y cuando la denunciante se encontraba de espaldas», la ahora condenada, «con ánimo de atentar contra su integridad física, le cogió del pelo, iniciándose una pelea entre ambas, cayéndose al suelo», detalla el fallo.

El juzgado de Vinaròs reconoce el delito leve de lesiones y condena a la agresora a una pena de multa de 240 euros, así como a pagar una indemnización de 280 euros por las lesiones sufridas, según ha podido confirmar Levante-EMV. No obstante, respecto al delito de injurias, ni la jueza ni la Fiscalía aprecia delito alguno al tratarse de «injurias de carácter leve» que con la última modificación del Código Penal de mayo 2015 quedaron destipificadas.

Así, con la Ley en la mano, y como así explica la jueza en los fundamentos de derecho, este tipo de injurias leves solo serían delito en el ámbito familiar y en una relación de pareja al considerar dichos insultos constitutivos de un delito contra la integridad moral, recogidos en el artículo 173.4 del Código Penal.

Patadas en la cabeza

Cabría la posibilidad de que dichos insultos homófobos fueran constitutivos de un delito de odio, pero al no haber publicidad, el letrado de la víctima, Óscar Fernández, solicitó una pena por lesiones y por injurias. Los testigos declararon en el juicio rápido que la menor, estando en el suelo, «recibió patadas en la cabeza y las costillas». Por su parte, la acusada negó los hechos y alegó que la menor le intentó sustraer el móvil días antes.

Se está a la espera de un segundo juicio en Menores por la denuncia presentada por la ya condenada por las lesiones. «No hay derecho a que se metan con él por su condición sexual, él sale vestido a la calle como se siente», manifestó indignada la tía del agredido al no ser castigados los graves improperios homófobos.