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Recursos insuficientes para garantizar su inserción efectiva

El sistema de protección debe garantizar la atención a todos los menores. Además de lo contemplado en la Convención de los Derechos del Niño y en la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en el marco de la Comunitat Valenciana existen dos protocolos: uno nacional y otro autonómico, donde se regulan las actuaciones y recursos para atender a los Menores Extranjeros no Acompañados (MENA). Los MENA deben tener garantizado el derecho a la educación, a la asistencia sanitaria y a la inserción social mediante un sistema de protección que se ha desarrollado principalmente mediante tres recursos: centros de recepción (establecimientos de atención transitoria que acogen a los menores inicialmente para estudiar su situación y establecer la propuesta de medida de protección); centros de acogida (establecimientos de atención integral y carácter educativo que acogen a los menores durante el tiempo que determine la resolución); y pisos tutelados que ofrecen una alternativa normalizada de alojamiento. Este último recurso, al igual que los centros de emancipación que permiten un desinternamiento gradual y favorecen la integración social y la autonomía, han sido, según expertos en el área, dos modalidades necesarias a las que se han destinado muy pocos recursos. A.U.M. valencia

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