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Tribuna libre

Las dos caras de las Socimis

Parece que las Socimis o Sociedades de Inversión Inmobiliaria están ocupando un lugar relevante en el MAB (Mercado Alternativo Bursátil). Durante estos meses están protagonizando la mayoría de las salidas a este mercado. Quizás porque a finales de septiembre finaliza el plazo que se estableció en la reforma de finales de 2012 para todas aquellas socimis que se constituyeron en el 2013, o porque el sector inmobiliario está resurgiendo, y estos vehículos son una alternativa de inversión inmobiliaria. Lo cierto es que están ganando protagonismo.

Estas sociedades tienen unos requisitos de inversión, donde al menos el 80% tiene que estar invertido en: adquisición y promoción de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento, incluyendo la rehabilitación de edificios; participación en otras Socimis; participación en Socimis no cotizadas o en sociedades no residentes no cotizadas o inversión en acciones o participaciones de Inversión Colectiva Inmobiliaria. Existe, además, la condición de que los inmuebles permanezcan arrendados al menos tres años.

Las Socimis son sociedades anónimas cotizadas y deben tener un capital mínimo de 5 millones de euros totalmente desembolsado, las acciones están representadas en anotaciones en cuenta y la sociedad está obligada a publicar un Documento Informativo de Mercado. Además, sólo pueden tener una clase de acciones, que tendrán carácter nominativo y estarán admitidas a negociación en un Mercado Regulado. Una de las novedades que incluyó la citada reforma, y que constituye una de sus principales ventajas, fue la posibilidad de cotizar en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). En relación a esto, las sociedades que se crearon en el 2013, deberían salir a cotizar durante este mes, para no perder los beneficios fiscales, como la no tributación en el impuesto de sociedades, que llevan aparejados este tipo de sociedades y que constituyen otra de sus importantes ventajas.

Otra de las peculiaridades de estos vehículos de inversión, es la obligación existente de repartir dividendos a sus accionistas de forma sistemática. La normativa establece que se repartirá el 100 % de los beneficios procedentes de sociedades consideradas como inversiones; el 50% de los beneficios de la transmisión de inmuebles y participaciones, debiendo reinvertir el resto en activos aptos dentro de los tres años siguientes a su transmisión, y el 80 % del resto de los beneficios obtenidos. Algunas de las Socimis que cotizan en nuestro país, son: Merlin Properties, Hispania, Lar España, Axiare, Entrecacanales, Mercal, Trajano, entre otras. Siendo la última incorporación Obsido, una socimi del sector hotelero.

Esta figura, tiene dos caras: por un lado, pretende convertirse en una esperanza que impulse el sector inmobiliario, por las posibilidades para dinamizarlo; y por otro, ser una alternativa de inversión para aquellos inversores que quieran diversificar sus carteras con otros activos no tradicionales. La ventaja es que estos vehículos cotizan en MAB ofreciendo las mismas garantías de transparencia que la Bolsa tradicional. Por supuesto, cada inversor tiene que analizar el binomio rentabilidad-riesgo en función de su perfil.

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