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Adrián Todolí: "Lo que nos trae Silicon Valley es más precariedad"

El profesor de la UV experto en economía colaborativa radiografía los retos que plantean las nuevas plataformas de economía colaborativa en la relación con los trabajadores: "Estos empleados no pueden ser autónomos"

Adrián Todolí: "Lo que nos trae Silicon Valley es más precariedad"

El profesor de la UV especialista en Derecho Laboral Adrián Todolí lo tiene claro. Los trabajadores de la economía colaborativa son, por lo general, trabajadores laborales y no autónomos. «Un autónomo es un empresario, especializado, al que buscas porque tiene una reputación y unas habilidades que tu empresa no tiene. Aquí lo único que aportan es mano de obra fungible. Lo hacen casi todas las plataformas».

La huelga este verano de repartidores de comida de Deliveroo, la descalificación por parte de Trabajo de la cooperativa de facturación valenciana Factoo o la generalización del conflicto entre el taxi y las plataformas de transporte como Uber o Cabify han puesto el foco en la situación laboral de los modelos de negocio que vienen. «Lo que nos está trayendo Silicon Valley es más precariedad», sentencia Todolí. «No esperamos que la tecnología nos traiga precisamente más precariedad sino progreso. Pero depende de cómo la utilicemos. La tecnología en sí es buena: trae más transparencia de mercado, mejor calidad al usuario, menor desequilibrio en la información. Pero puede que haya gente que la utilice para precarizar todavía más, para ´flexibilizar´ a las personas y que tengan que estar disponibles 16 horas», argumenta.

Con 32 años, este ayudante de doctor es en estos momentos el mayor experto en España en la materia. Acaba de publicar «El trabajo en la era de la economía colaborativa» (Tirant lo Blanch, 2017) y dirigirá el 28 y 29 de este mes en la UV el primer congreso en castellano a nivel mundial sobre la materia.

Para Todolí, la nueva realidad impone una actualización del Estatuto de los Trabajadores. Los formatos de trabajo que permiten a determinados empleados elegir su jornada exige cobertura legal: Todolí reivindica el «derecho a elegir horario». «¿Por qué el derecho del XXI no puede ser que el trabajador elija su horario, una verdadera conciliación, igual que el derecho del siglo XIX fueron las ocho horas y el del XX un salario digno? Por primera vez en la historia se puede conseguir, solo falta que la ley lo recoja. Ahora lo que tenemos es una hiperflexibilidad que hace que el trabajador tenga que estar disponible 24 horas».

Deliveroo: «Mano de obra fungible con derechos laborales». Para este experto Deliveroo es uno de los casos más reveladores de que el trabajador de las nuevas plataformas no es autónomo, régimen en el que deben cotizar los repartidores (riders) de comida a domicilio, sino «mano de obra fungible, sustituible». Todolí habla de los «indicios de laboralidad» en los que se basan las sentencias para determinar si se es empleado corriente o autónomo. «No son empresarios porque no tienen poder de negociación; si sigues instrucciones serás un empleado. Tener un horario fijo es un indicio de laboralidad».

El tema no es nuevo. Hace un par de años, la startup valenciana Eslife, que ponía en contacto a particulares con limpiadores del hogar, cerró tras una inspección de trabajo que apuntaba a la laboralidad de los limpiadores. En Valencia también se ha producido una de las primeras demandas de un rider de Deliveroo a la compañía, reclamando esa laboralidad. Esta forma de funcionar, en realidad, está generalizada en todas las nuevas formas de negocio que ofrecen a prestadores de servicios.

Uber: «Los tribunales reconocen derecho a vacaciones y salario mínimo». En el ámbito del transporte, con Uber como gran operador en todo el mundo y asentado desde hace años, ya existen sentencias que reconocen esta situación. Con salvedades por tratarse de diferentes ordenamientos jurídicos, jueces de Reino Unido, Brasil, Estados Unidos y Suiza ya han emitido sentencias que reconocen a sus conductores derechos como vacaciones o un salario mínimo. En España, las plataformas operan como norma general con conductores que pertenecen a empresas con licencias de alquiler de vehículos con conductor VTC: «El que presta servicios a Uber al final no puede ser un autónomo, porque la app da instrucciones, desactiva a las personas. Que haya empresas interpuestas o no es lo importante. Lo importante es que el que conduce no puede ser autónomo. Trabaja para una marca ajena».

Airbnb: «Los que alquilan pisos deben darse de alta como autónomos». Las plataformas que comercializan pisos de alquiler vacacional también generan controversia desde el ámbito del derecho, más allá de las cuestiones de competencia. «En tributación hay dos cuestiones. Por un lado, con Hacienda. Todo el que recibe un ingreso por alquiler tiene que tributar. No hay duda jurídica, otra cosa es que no se está haciendo. Eso es mercado negro», señala.

Pero Todolí abre otro frente del debate: «Donde sí hay duda es en los que arriendan y gestionan el alquiler. Tienen que estar dados de alta como autónomo. Lo dice el artículo 305 de la ley de la seguridad social, si hay una actividad económica de forma habitual tienen que cotizar como autónomo».

En su opinión, la actividad de los que alquilan un inmueble, no de forma permanente a un inquilino sino a turistas de estancia corta, realizan una gestión empresarial. «Hay una actividad habitual: subo el piso a la web, contesto a los correos, enseño la casa, doy las llaves, presto servicio de limpieza. Hacen más un servicio hotelero. Es una actividad mayor que un contrato de alquiler de un año. Ya no es rendimiento patrimonial», explica. Todolí, de hecho, cita una sentencia del TSJ de Castilla y León, muy anterior a Airbnb pero que ya califica una actividad de arrendamiento vacacional de una casa rural no como rendimiento sino una actividad económica.

Factoo: «El ánimo no es cooperativista sino defraudatorio». Una de las noticias del verano ha sido la descalificación como cooperativa por parte de Empleo de la plataforma valenciana Factoo. La plataforma se dedica a facturar en nombre de profesionales que no cotizan como autónomos. «En una cooperativa los socios ponen en común conocimientos, materiales, tierras, para conjuntamente y con ánimo de funcionamiento democrático mejore la situación de todos. Nada de esto se ve en Factoo. Simplemente tienes una factura y Factoo emite por ti, cobra y te paga descontando una comisión», valora Todolí, que comparte la decisión de Empleo. «No hay un funcionamiento de abajo arriba, como en una cooperativa donde se unen personas y forman la sociedad. Aquí ya existe la ´cooperativa´ y busca atraer socios. El objetivo es conseguir clientes. Su anuncio de ´factura sin ser autónomo´ muestra que el objetivo es conseguir clientes». «El ánimo no es cooperativista sino defraudatorio».

¿Qué pasa ahora con sus miles de asociados? «Factoo ha dicho que va a continuar. Creo que debería suspender la actividad hasta una resolución firme. Por el bien de sus ´cooperativistas´ para que no se enfrenten a más posibles sanciones. Si estas personas han hecho con habitualidad una actividad económica la inspección entenderá que debieron estar dadas de alta como autónomo y no lo hicieron y deberán pagar cuotas que no pagaron, recargo y sanción. No todos van a recibir sanción sino solo aquellos que lo han utilizado con habitualidad»

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