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Cómo la nueva ley cambiará (o no) la vida de los autónomos

Amplía la tarifa plana de 50 euros y las posibilidades de conciliación pero no aborda la situación de los que menos ingresan ni los falsos autónomo

Cómo la nueva ley cambiará (o no) la vida de los autónomos

«Esto no cambia la vida de los autónomos. Es un parche más». Así de distante se muestra Javier Pastor, secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de la C. Valenciana (UPTA) respecto a las nuevas medidas implantadas ya por el Gobierno o que entrarán en vigor a partir del próximo 1 de enero en el marco de la nueva ley de reformas urgentes del trabajo autónomo. Para Rafael Pardo, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos de la C. Valenciana-ATA, la valoración es diferente. «Es positiva en el fondo y la forma. Se mejoran derechos en materias diversas, como la protección social, la fiscalidad, y el fomento del emprendimiento. Nos alegra haber servido para acercar a los políticos la defensa de intereses generales y aparcar intereses partidistas».

Se trata de una reforma relevante, sobre todo por la cantidad de ciudadanos a los que afecta. ¿Pero qué dice la nueva normativa, surgida a partir de una proposición de Ciudadanos en Madrid? Una de las novedades más celebradas es la entrada en vigor de nuevas medidas de fomento y promoción del nuevo autónomo a partir del 1 de enero. Se extiende la tarifa plana de 50 euros de seis a doce meses (en el caso de los que opten por cotizar por la tarifa mínima). Esas mismas condiciones se extienden a quienes opten por una base de cotización mayor, con una reducción del 80% sobre su base. Además, se reduce de 5 a 2 años el tiempo que se exige haber estado fuera del trabajo autónomo para acogerse a estas tarifas.

En este sentido, la Generalitat también ha sacado unas ayudas, a través de la Dirección General de Trabajo, para subvencionar las cotizaciones en el cuarto y quinto año de actividad a los trabajadores que ya lleven tres años en alta. El espíritu de las iniciativas es facilitar al máximo el emprendimiento, y aplazar ese momento en que el autónomo de menos ingresos se queda solo para afrontar la cuota mensual de 276 euros. Es el punto crítico donde mucha gente cae, un apoyo para terminar de despegar.

El nuevo marco legal incorpora otras mejoras. Por ejemplo, la que elimina la obligación de que el alta, sea el día del mes que sea, se realice a efectos del día 1, también en cuanto a la cotización. Ahora, el autónomo solo liquidará la cotización de los días en los que efectivamente está de alta dentro del mes. También se mejoran las condiciones a efectos de conciliación familiar. Así, se bonifica al 100% la cuota del autónomo durante los permisos de maternidad/paternidad, el acogimiento o riesgos del embarazo, cuando se produce la sustitución del trabajador autónomo.

El nuevo marco legal incluye medidas en clave de fiscalidad que han generado cierta polémica. Cuando el autónomo desarrolle su labor en casa, podrá deducirse los gastos de suministro de dicha vivienda (agua, internet, luz, telefonía, gas, etc). No todo el gasto, obviamente, sino el resultante de aplicar un 30% al porcentaje de la casa que se vea afectada por esta actividad. Es decir, que si un autónomo dedica el 30% de su vivienda de cien metros, el porcentaje a deducir será un 30% de los 30 metros, esto es, un 9% en total.

Para el sindicato UPTA, se trata de un problema, ya que hasta la fecha los autónomos podían desgravarse el 30% de los gastos corrientes de la vivienda donde disponen de un espacio de trabajo. Ahora, ese porcentaje cae claramente. Para ATA, sin embargo, el nuevo texto elimina inseguridad jurídica. «No estoy de acuerdo en que vaya a perjudicar a más gente. Antes el criterio de Hacienda era que, o toda la vivienda estaba afectada por la actividad, o no estaba posible la deducción», valora Rafael Pardo.

Las dos asociaciones, esta vez sí, coinciden en que la reforma se deja algunas tareas pendientes. A ellas tendrá que encomendarse la subcomisión de autónomos creada en el marco de la Comisión de Trabajo en el Congreso. Entre ellas, mejorar la protección por cese de actividad, así como poder acceder a subsidios no contributivos, como los 427 euros del Plan Prepara, de los que ahora mismo están excluidos los trabajadores por cuenta propia, lamenta Rafael Pardo, de ATA.

Coinciden los expertos en la necesidad de eximir de la cotización a los autónomos con menos ingresos. Para Javier Pastor (UPTA) el salario mínimo interprofesional debería ser el umbral a partir del cual comenzar a pagar la cuota. Según explica el profesor de Derecho del Trabajo de la Universitat de València, Adrián Todolí, esto, que no está recogido en ninguna ley, ya existe en jurisprudencia.

Es lo que se conoce como habitualidad. Es decir, que si ingresas menos del salario mínimo interprofesional en cómputo anual (707 euros al mes por 14 pagas) quiere decir que no eres un autónomo habitual y no tienes obligación de cotizar. «Es una propuesta de PP y C´s para que esto que ya está en jurisprudencia pase a la ley», explica el profesor. «El problema es que si se eleva a la ley, en el momento en que tengas un accidente no estás protegido. Pagarán menos pero van a recibir menos». No cotizas, pero te quedas sin prestaciones sociales.

Falso autónomo: un impacto para la caja única

Todolí abre un último debate, «el verdadero problema», en su opinión: los falsos autónomos. «Hay muchos informes que ratifican que implica una pérdida millonaria a la caja de seguridad social». Según un estudio de la Unión de Autónomos Uatae, cientos de miles de personas trabajan para empresas sin estar dados de alta en el régimen general. Los falsos autónomos hacen que la Seguridad Social deje de ingresar una cantidad aproximada a los 562,3 millones. «No es solo el problema para el falso autónomo. La caja se resiente. Sobre esto no se pronuncia la reforma ni se dice nada cuando hay fórmulas para solucionarlo, pero que nadie parece interesado», concluye Todolí.

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