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El informe

Cómo cobrar el plan de pensiones sin darle la mitad a Montoro

Los expertos recomiendan no dejarse deslumbrar por algunos beneficios fiscales del rescate del fondo y recuperar solo lo necesario

Cómo cobrar el plan de pensiones sin darle la mitad a Montoro

Con la llegada del fin de año, las entidades financieras que comercializan planes de pensiones lanzan sus grandes ofertas para captar el ahorro de los clientes o atraer a los inversores que operan con la competencia. También son las semanas en que se realizan las aportaciones para obtener una buena desgravación en el ejercicio fiscal, así como el momento de planear la estrategia si se quiere rescatar el plan para obtener el máximo beneficio.

Ante todos estos dilemas, los expertos recomiendan planificar con prudencia desde la primera decisión. «Si tienes ahorros disponibles los planes de pensiones son una buena opción ante la incertidumbre de las pensiones públicas, pero hay que pensarlo bien», receta Francisco Rodríguez, asesor jurídico de la Unión de Consumidores de la C. Valenciana. Al principio solo se ve lo positivo, las desgravaciones fiscales que genera, pero hay que prever las necesidades futuras, apunta el experto. «Si el consumidor ve que a medio plazo va a tener necesidades de liquidez, debería valorar otros sistemas de ahorro, como un plazo fijo. Hay pocas posibilidades de rescatar el plan de pensiones sin penalización, y puedes verte abocado a tener que pedir un crédito», advierte Rodríguez.

Más compleja es la decisión sobre el rescate del plan de pensiones una vez te has jubilado. Según resume el bufete Estellés Abogados, existen cuatro opciones: de una sola vez (recuperación en forma de capital); mediante cobros periódicos (en forma de renta); combinando capital y renta; o dejándolo todo a los herederos tras el fallecimiento.

Existe una premisa importante a tener en cuenta: tanto si se recupera de golpe como en mensualidades el dinero será a efectos fiscales rentas del trabajo en el ejercicio de su cobro, con lo que hay que valorar siempre su impacto en el IRPF. Por ejemplo, la percepción de todo el capital puede incrementarnos el tipo de gravamen en la declaración.

Otra idea clave: las aportaciones anteriores al 1 de enero de 2007 que se rescaten en forma de capital obtienen una reducción tributaria del 40%. Es uno de los beneficios fiscales más importantes existentes en el IRPF. Se produce cuando se recibe el año de la jubilación o los dos siguientes.

Es aquí donde comienza la ingeniería. Desde Banca March, el director del departamento fiscal, David Nuevo, anima a «no obnubilarse» por ese 40% y no precipitar el rescate. Antes conviene hacerse unas preguntas: ¿Necesito el dinero ahora? Si la respuesta es no, se puede dejar el dinero donde está, para necesidades futuras. Incluso en caso de fallecimiento, los beneficiarios también dispondrán de esa reducción del 40%.

Otra opción es combinar las dos formas de cobro: capital y renta periódica. Si te jubilas a final de año, puedes esperar al siguiente, recuperar en forma de capital las aportaciones que hiciste antes de 2007 y el resto en forma de renta, apunta Estellés Abogados.

Es lo que se recomienda para quienes tienen una pensión media y no disponen de otros ingresos. Pero cuidado: rescate en forma de renta una cantidad «lo más contenida posible». Recuerde que los ingresos por el cobro del fondo tributan en el IRPF. Vaya liberando lo que necesite, ni un euro más. «El peor negocio fiscal que puede hacer un contribuyente es ahorrar los cobros del fondo. Tributar por ahorrar nunca es una buena opción fiscal», avisa David Nuevo.

El consejo va sobre todo para quienes tienen que complementar una pensión más ajustada. Para ellos, lo más razonable es ir recuperándolo todo en forma de renta, pero siempre de forma ajustada a lo que se necesita, para evitar más cargas fiscales. Si la renta es inferior a sus necesidades, siempre se puede incrementar la percepción.

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