H. García, Valencia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat ha corregido de manera contundente a la Generalitat en una sentencia conocida ayer que anula la declaración del Bien de Interés Cultural del Jardín Botánico en el punto que limitaba a 5 las alturas del hotel proyectado por Expo Grupo en el solar de Jesuitas. El alto tribunal da la razón al empresario Antoni Mestre y permite volver a la situación de 1995 por la cual éste podrá construir un hotel de 11 alturas (10 más ático). El fallo, contra el que cabe recurso, señala que la Generalitat ha incurrido en "desviación de poder" y "arbitrariedad". Destaca que el Consell se ha dedicado a "obstaculizar" la construcción del hotel en el solar, algo que en sí "no es censurable" si bien existen instrumentos legales para este fin como "la expropiación o la indemnización por interés general".

"Razones políticas" y expropiación

El alto tribunal, que condena en costas a la Generalitat, considera que la declaración BIC aprobada por el Consell en 2006 ni añade nada nuevo al nivel de protección de los edificios del entorno del Botánico (las iglesias de San Miguel y San Sebastián y el Colegio de Jesuitas) ni está motivada. "Está más bien basada en razones de índole política y de premura ante la solicitud de licencia de obras de Expo Grupo". La sala de lo contencioso-administrativo sostiene que la Generalitat, cuyos servicios jurídicos estudian un recurso, no probó el impacto de la construcción sobre el paisaje y los bienes protegidos. Echan en falta una "simulación por ordenador de las zonas de sombra" que generaría la edificación en sus variantes en el paisaje urbano.

Salvem el Botánico que como Mestre, aunque por distintos motivos, recurrió la declaración BIC, tampoco sale bien parada. El TSJ rechaza su alegato contra el hotel y a favor de que la manzana sea un jardín. El fallo desmonta los argumentos de Salvem que cuestionan la estética del hotel y su "falta de adscripción a cultura arquitectónica alguna". "Las características de edificación singular, además de opinables, son irrelevantes a efectos de la autorización", remacha la sala, que sí se permite avalar el diseño con jardineras que presentó Mestre hace unos años. "La instalación de jardineras en toda la fachada puede considerarse un referente cultural al Botánico y al Jardín del Turia", dice el fallo.

El tribunal recuerda a Salvem que "para propugnar la ilegalidad de la actuación se debe traer a los tribunales un dictamen pericial amplio con la incidencia de la edificación en el Botánico y en los edificios del entorno".